SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Controversia Constitucional 31/2023, así como los Votos Concurrentes de las señoras Ministras Lenia Batres Guadarrama y Presidenta Norma Lucía Piña Hernández
Texto oficial completo
SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Controversia Constitucional 31/2023, así como los Votos Concurrentes de las señoras Ministras Lenia Batres Guadarrama y Presidenta Norma Lucía Piña Hernández.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.
CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 31/2023
ACTOR: PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN
DEMANDADO: PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN
PONENTE: MINISTRO LUIS MARÍA AGUILAR MORALES
SECRETARIO: OLIVER CHAIM CAMACHO
SECRETARIO ADJUNTO: LUIS ALBERTO MARTÍNEZ DÍAZ
SECRETARIO AUXILIAR: MAURICIO GONZÁLEZ ALCÁNTARA
Ciudad de México. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al veintiuno de mayo de dos mil veinticuatro, emite la siguiente:
SENTENCIA
Mediante la cual se resuelve la controversia constitucional 31/2023, promovida por el Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León, contra el Poder Legislativo de la misma entidad federativa.
ANTECEDENTES Y TRÁMITE DE LA DEMANDA.
1. Presentación de la demanda. Por escrito recibido el dos de febrero de dos mil veintitrés en la en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de este Alto Tribunal, Samuel Alejandro García Sepúlveda, quien se ostentó como Gobernador del Estado de Nuevo León, promovió controversia constitucional en contra del Poder Legislativo de la referida entidad, en la que solicitó la invalidez de los actos siguientes:
"IV. NORMA GENERAL O ACTO CUYA INVALIDEZ SE DEMANDA. La Declaratoria del (31) treinta y uno de enero de (2023) dos mil veintitrés ACUERDO POR EL QUE SE RESUELVE PROCEDENTE DENUNCIA DE JUICIO POLÍTICO' emitido por la Comisión Anticorrupción del H. Congreso del Estado de Nuevo León que actuó de manera ilegal y contraria a la Constitución, que asentó en dicho acuerdo ... que justifican que la conducta atribuida al servidor público daña gravemente los intereses públicos fundamentales...' siendo que realiza una labor de investigación, mas no de órgano jurisdiccional."
2. Antecedentes. La parte actora narra, en síntesis, los antecedentes siguientes:
a. El cuatro de octubre de dos mil veintiuno, Samuel Alejandro García Sepúlveda rindió protesta como Gobernador del Estado de Nuevo León, tomando posesión del cargo el mismo día.
b. El doce de diciembre de dos mil veintidós, se inició y turnó con carácter de urgente a la Comisión Anticorrupción del Congreso del Estado el expediente número 16283/LXXVI, que
Fuente: Diario Oficial de la Federación.
Para efectos legales, consulte el texto original.
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