jueves, 12 de marzo de 2026

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ACUERDO por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y el órgano administrativo desconcentrado denominado Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera, a que se refiere el Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y

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ACUERDO por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y el órgano administrativo desconcentrado denominado Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera, a que se refiere el Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y

ACUERDO por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y el órgano administrativo desconcentrado denominado Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera, a que se refiere el Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- AGRICULTURA.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

JULIO ANTONIO BERDEGUÉ SACRISTÁN, Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 17, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1, 2, 5 fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que los titulares de las Secretarías de Estado podrán adscribir orgánicamente las unidades administrativas establecidas en el Reglamento Interior respectivo, en cuyo caso deberá publicarse el acuerdo correspondiente en el Diario Oficial de la Federación;
Que con fecha 03 de mayo de 2021 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural; el cual dispone en su artículo 5, fracción IX que corresponde al titular de la Secretaría adscribir orgánicamente las unidades administrativas y los órganos administrativos desconcentrados de la Dependencia;
Que el comienzo de la administración 2024-2030 del Ejecutivo Federal, representa el inicio del segundo piso de la Cuarta Transformación también en el campo, y con ello, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural buscará elevar la productividad agroalimentaria; dar orden a la comercialización de los productos y su buen funcionamiento dentro de los mercados agroalimentarios, a fin de contribuir al bienestar de las personas que habitan en el sector rural y con ello contribuir a la soberanía alimentaria de la nación, y
Que con el objeto de contar con una adscripción de las unidades administrativas, actualizada y congruente con los nuevos objetivos de esta Secretaría, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ADSCRIBEN ORGÁNICAMENTE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y EL
ÓRGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO DENOMINADO SERVICIO DE INFORMACIÓN
AGROALIMENTARIA Y PESQUERA, A QUE SE REFIERE EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA
SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
ARTÍCULO ÚNICO. - Se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y el órgano administrativo desconcentrado denominado Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera, a que se refiere el Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, en los siguientes términos:
I.     A la persona titular de la Secretaría:
a)    La Subsecretaría de Autosuficiencia Alimentaria;
b)    La Unidad de Administración y Finanzas;
c)    La Oficina del Abogado General;
d)    La Coordinación General de Asuntos Internacionales;
e)    La Coordinación General de Comunicación Social, y
f)     La Coordinación General de Enlace Sectorial.
II.     A la persona titular de la Subsecretaría de Autosuficiencia Alimentaria:
a)    La Coordinación General de Agricultura;