ACUERDO por el que se crea, integra e instala el Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo para la elaboración de los Listados de las Personas Candidatas a participar en la Elección Extraordinaria 2024-2025 de Ministras y Ministros, Magistradas y Magistra
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ACUERDO por el que se crea, integra e instala el Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo para la elaboración de los Listados de las Personas Candidatas a participar en la Elección Extraordinaria 2024-2025 de Ministras y Ministros, Magistradas y Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, del Tribunal de Disciplina Judicial, Magistradas y Magistrados de Circuito y Juezas y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 96 de la propia Constitución; 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 500, numerales 2 y 3, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y
CONSIDERANDO
Que, en términos del artículo 80 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión se deposita en la Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos;
Que mediante el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2024, quedó establecido en el artículo 96 Constitucional que las Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Magistradas y Magistrados de la Sala Superior y las salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, Magistradas y Magistrados de Circuito y Juezas y Jueces de Distrito, serán elegidos de manera libre, directa y secreta por la ciudadanía;
Que, de conformidad con el artículo 500, numeral 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, cada Poder de la Unión instalará un Comité de Evaluación, conformado por cinco personas de reconocido prestigio en la actividad jurídica, observando la paridad de género;
Que, de lo anterior, se concluye que corresponde a la persona titular del Poder Ejecutivo Federal:
1. Establecer mecanismos públicos, abiertos, transparentes, inclusivos y accesibles que permitan la participación de todas las personas interesadas que acrediten los requisitos establecidos en la CPEUM y en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales;
2. Integrar el Comité de Evaluación que recibirá los Listados de las Personas Candidatas a participar en la elección extraordinaria 2024-2025 de Ministras y Ministros, Magistradas y Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, del Tribunal de Disciplina Judicial, Magistradas y Magistrados de Circuito y Juezas y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación, y
3. Postular personas candidatas tratándose de los cargos de Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Magistradas y Magistrados de la Sala Superior y Salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial.
Que, por lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
Primero. Se crea, integra e instala el Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo para la elaboración de los Listados de las Personas Candidatas a participar en la Elección Extraordinaria 2024-2025 de Ministras y Ministros, Magistradas y Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, del Tribunal de Disciplina Judicial, Magistradas y Magistrados de Circuito y Juezas y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación, que se integra por 3 mujeres y 2 hombres, mismos que a continuación se enlistan:
1.  
Fuente: Diario Oficial de la Federación.
Para efectos legales, consulte el texto original.
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