SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 118/2022 y su acumulada 121/2022, así como los Votos Concurrentes y Particulares de las señoras Ministras Loretta Ortiz Ahlf y Presi
Texto oficial completo
SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 118/2022 y su acumulada 121/2022, así como los Votos Concurrentes y Particulares de las señoras Ministras Loretta Ortiz Ahlf y Presidenta Norma Lucía Piña Hernández.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 118/2022 Y SU ACUMULADA 121/2022.
PROMOVENTES: COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE YUCATÁN.
PONENTE:
MINISTRO ALBERTO PÉREZ DAYÁN.
SECRETARIO:
ÓSCAR VÁZQUEZ MORENO.
COLABORÓ:
FABIÁN GUTIÉRREZ SÁNCHEZ.
ÍNDICE TEMÁTICO
ACTO IMPUGNADO: Ley de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Yucatán, publicada mediante Decreto 532/2022 en el Diario Oficial del Gobierno de dicha entidad federativa el veintiuno de julio de dos mil veintidós.
| | APARTADO | CRITERIO Y DECISIÓN | PÁGINA |
| I. | COMPETENCIA. | El Tribunal Pleno de la SCJN es competente para conocer del presente asunto. | 48 |
| II. | OPORTUNIDAD. | Las demandas se presentaron oportunamente. | 49 |
| III. | LEGITIMACIÓN. | Las demandas fueron presentadas por parte |