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sábado, 14 de marzo de 2026

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Diario Oficial de la Federación

DECRETO que establece las disposiciones para el otorgamiento del aguinaldo correspondiente al ejercicio fiscal de 2024

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DECRETO que establece las disposiciones para el otorgamiento del aguinaldo correspondiente al ejercicio fiscal de 2024

DECRETO que establece las disposiciones para el otorgamiento del aguinaldo correspondiente al ejercicio fiscal de 2024.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos constitucionales 75 y 127; 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, fracción XLVI, y 64 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 4, fracción V, de la Ley Federal de Austeridad Republicana, y 13 y 14 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2024, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 127, primero y segundo párrafos, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el aguinaldo y la gratificación se consideran remuneraciones o retribuciones que reciben los servidores públicos de la Federación por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión;
Que la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional señala, en su artículo 42 Bis, que los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo;
Que el Ejecutivo Federal, a mi cargo, ha decidido otorgar de forma extensiva, como un acto jurídico orientado en principios de justicia y equidad, un aguinaldo al personal referido en este decreto y de conformidad con los esquemas de remuneración, retribución, cuota de pensión o haber de retiro, entre otros, previstos en las disposiciones jurídicas aplicables, y
Que el otorgamiento del aguinaldo debe ser congruente con los principios de austeridad republicana que se han establecido en la administración del Ejecutivo Federal, he tenido a bien emitir el siguiente
DECRETO
Del objeto y ámbito de aplicación institucional
Artículo Primero. El presente decreto tiene por objeto establecer las disposiciones para el otorgamiento del aguinaldo correspondiente al ejercicio fiscal de 2024 que efectúen los ejecutores de gasto siguientes:
I. Dependencias: las secretarías de Estado, incluidos sus órganos administrativos desconcentrados, los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal. Para los efectos del presente decreto, quedan comprendidos en esta fracción los ejecutores de gasto identificados como Oficina de la Presidencia de la República y los tribunales administrativos, y
II. Entidades: las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal.
Artículo Segundo. Los poderes Legislativo y Judicial de la Federación, así como los entes autónomos federales, en su caso, pueden tomar como base las disposiciones del presente decreto para el pago del aguinaldo, sin perjuicio del ejercicio de su autonomía y de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, así como con lo contemplado en las bases previstas en el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
De los principios para otorgar el aguinaldo
Artículo Tercero. El otorgamiento del aguinaldo correspondiente al ejercicio fiscal de 2024 se debe regir con los principios de justicia y equidad, en los términos de los lineamientos específicos a que se refiere el artículo Decimosegundo de este decreto.
De los sujetos
Artículo Cuarto. Son sujetos del presente decreto, conforme a los esquemas de remuneración, retribución, cuota de pensión o haber de retiro, los siguientes: