DECRETO por el que otorga un diferimiento del momento de la acumulación de los intereses que se obtengan en las operaciones de intercambio (swap) cuyo subyacente sea la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a plazo de 28 días, que se conviertan en
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DECRETO por el que otorga un diferimiento del momento de la acumulación de los intereses que se obtengan en las operaciones de intercambio (swap) cuyo subyacente sea la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a plazo de 28 días, que se conviertan en otras operaciones de intercambio (swap) cuyo subyacente sea la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a plazo de un día hábil bancario (TIIE de Fondeo), con el fin de que se consideren dichas operaciones como una sola operación financiera derivada integrada y tengan los efectos fiscales correspondientes.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 39 fracción II del Código Fiscal de la Federación, y
CONSIDERANDO
Que con el fin de continuar la promoción del sano desarrollo del sistema financiero y tomar en cuenta las recomendaciones de la asociación que agrupa a autoridades financieras de diversos países, denominada Consejo de Estabilidad Financiera (FSB, por sus siglas en inglés), y de la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO, por sus siglas en inglés) respecto de las características que deben tener las tasas de referencia, el 20 de enero de 2020 el Banco de México comenzó a publicar en el Diario Oficial de la Federación, la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio en moneda nacional a un día hábil bancario (TIIE de Fondeo), con las características recomendadas por las mencionadas organizaciones internacionales;
Que en línea con lo anterior, el Banco de México ha fomentado el uso y desarrollo de la TIIE de Fondeo, a fin de consolidarla como una referencia clave en los mercados de dinero y de derivados, mediante la instrumentación de reformas a diversas disposiciones, para establecer las fechas a partir de las cuales se restringirá el uso de las Tasas de Interés Interbancarias de Equilibrio (TIIE) a plazos mayores a un día hábil bancario (28, 91 y 182 días) como referencia en nuevos contratos;
Que derivado de la transición que promueve el Banco de México, las contrapartes centrales de derivados llevarán a cabo una conversión de las operaciones derivadas estandarizadas referenciadas a la TIIE a plazo de 28 días y que liquiden en las propias contrapartes centrales.
Que con el fin de facilitar la transición al uso de la TIIE de Fondeo dentro de las operaciones derivadas estandarizadas, se considera conveniente que cada conjunto de operaciones que sean convertidas y que resulten de la conversión no tenga el tratamiento de operaciones distintas e independientes, sino el de una sola operación integrada;
Que se tiene en cuenta que la transición de tasas en los principales mercados extranjeros seguirá adelante y las contrapartes centrales de dichos mercados extranjeros harán la conversión de contratos, debido a que su marco regulatorio y fiscal ya prevé estos escenarios. De tal forma, es necesario realizar una adecuación a la regulación tributaria en México, a fin de que la contraparte central local y el mercado de derivados no se enfrenten a mayores dificultades para llevar a cabo dicha transición, lo que podría evitar dejarlas en desventaja frente a sus competidores externos;
Que el perjuicio de no llevar a cabo la conversión de contratos de operaciones de intercambio (swaps) de TIIE 28 a TIIE de Fondeo, es el retraso en la transición que las autoridades financieras mexicanas han promovido para salvaguardar la estabilidad financiera, en línea con las recomendaciones internacionales respecto del uso de tasas de referencia. Además, traería consigo un riesgo reputacional para el país;
Que de no llevarse a cabo la conversión de las operaciones de intercambio (swaps), se podría generar incertidumbre con varios participantes del mercado, debido a que la implementación de la estrategia para la