jueves, 12 de marzo de 2026

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CIRCULAR 14/2024 dirigida a las instituciones de crédito y casas de bolsa, relativa a las Modificaciones al procedimiento para actuar como Formadores de Mercado de Valores Gubernamentales

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CIRCULAR 14/2024 dirigida a las instituciones de crédito y casas de bolsa, relativa a las Modificaciones al procedimiento para actuar como Formadores de Mercado de Valores Gubernamentales

CIRCULAR 14/2024 dirigida a las instituciones de crédito y casas de bolsa, relativa a las Modificaciones al procedimiento para actuar como Formadores de Mercado de Valores Gubernamentales.

Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2024, Año de Felipe Carrillo Puerto, Benemérito del Proletariado, Revolucionario y Defensor del Mayab''.

CIRCULAR 14/2024
A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y CASAS DE BOLSA:
 
 
 
ASUNTO:
MODIFICACIONES AL PROCEDIMIENTO PARA ACTUAR COMO FORMADORES DE MERCADO DE VALORES GUBERNAMENTALES
 
El Banco de México, en su carácter de agente financiero del Gobierno Federal, y en atención a las modificaciones que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante el Oficio número 305.-292/2024 del 19 de noviembre de 2024, ha resuelto llevar a cabo sobre el "Procedimiento al que deberán sujetarse las instituciones de crédito y casas de bolsa que actúen como formadores de mercado" respecto de la posibilidad de solicitar a dicha dependencia, la transmisión del carácter de formador de mercado o formador de mercado de UDIBONOS como resultado de la celebración y autorización de actos corporativos de escisión y fusión, de conformidad con el Oficio número 305.-027/2011 de dicha Secretaría, dado a conocer por este Banco Central mediante su Circular 5/2011, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de febrero de 2011, así como de las modificaciones a dicho procedimiento emitidas con posterioridad, anexa a la presente una copia del citado Oficio número 305.-292/2024, con el fin de hacer del conocimiento de esas entidades su contenido, para los efectos indicados en el mismo.
Lo anterior, con fundamento en los artículos 28, párrafos séptimo y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3, fracción III, 7, fracción I, 10 y 14 de la Ley del Banco de México, 22 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, 1, 4, párrafo primero, 8, párrafos cuarto y octavo, 10, párrafo primero, 17, fracción I, y 19 Bis, fracciones II y V, del Reglamento Interior del Banco de México, que le otorgan la atribución de expedir disposiciones a través de la Dirección de Disposiciones de Banca Central y de la Gerencia de Desarrollo de Mercados Nacionales, respectivamente, así como Segundo, fracciones VI y X, del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México.
Ciudad de México, a 21 de noviembre de 2024.- BANCO DE MÉXICO: Directora de Disposiciones de Banca Central, María Teresa Muñoz Arámburu.- Rúbrica.- Gerente de Desarrollo de Mercados Nacionales, Lautaro José Silva Ibarguren.- Rúbrica.
Para cualquier consulta sobre el contenido de la presente Circular, el Banco de México se pone a su disposición a través de la
Fuente: Diario Oficial de la Federación. Para efectos legales, consulte el texto original.

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