ACUERDO para la operación de la Campaña Nacional contra la Tuberculosis Bovina (Mycobacterium bovis)
Texto oficial completo
ACUERDO para la operación de la Campaña Nacional contra la Tuberculosis Bovina (Mycobacterium bovis).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- AGRICULTURA.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.
JULIO ANTONIO BERDEGUÉ SACRISTÁN, Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural con fundamento en lo dispuesto en los artículos 35, fracciones IV y XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 6, fracciones I, II, VII, XVIII, XIX, XLVIII y LXXI, 14, 15, 16, fracciones I, II, IV, VII, XVI, XVIII y XXI, 54, 55, 56 y 58 de la Ley Federal de Sanidad Animal; 1, 4, 82, 89, 97 y 107 del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal; 1, 2, letra B, fracción V, 5, fracción XXV, y 52 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural; 1, 3, 4, 14, fracciones I, VII, VIII y XXIV y 16, fracciones II, V, VI, VII y X del Reglamento Interior del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 6 fracción XVII, de la Ley Federal de Sanidad Animal, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, cuenta con la atribución de establecer y coordinar campañas zoosanitarias para la prevención, control y erradicación de enfermedades y plagas de los animales;
Que el 8 de marzo de 1996 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-031-ZOO-1995, Campaña Nacional contra la Tuberculosis Bovina (Mycobacterium bovis) y su modificación fue publicada en el mismo medio de difusión oficial el 27 de agosto de 1998, asimismo, el 25 de julio de 2007, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Sanidad Animal que abrogó la diversa de 1993 en la cual se fundamentó la NOM-031-ZOO-1995 y su Modificación;
Que acorde a los avances científicos y tecnológicos reconocidos nacional e internacionalmente, es necesario tener un marco regulatorio actualizado, motivo por el cual es procedente cancelar la Norma Oficial Mexicana NOM-031-ZOO-1995, Campaña Nacional contra la Tuberculosis Bovina (Mycobacterium bovis) y su modificación, por lo que la Campaña requiere ser actualizada a través del presente Acuerdo a efecto de integrar los avances tecnológicos en materia de diagnóstico y la mejora continua, tanto en seguimientos epidemiológicos, control cuarentenario, vigilancia en rastros y la reclasificación de las fases de la campaña, lo que permitirá definir el avance de los estados, zonas o regiones del territorio nacional y con ello, el adecuado establecimiento de requisitos para la movilización, con lo que se garantizará la protección de los avances alcanzados y el impulso para lograr una mejor condición sanitaria;
Que de los 12.0 mil millones de litros de leche que se producen en el territorio nacional equivalente a 73,955 millones de pesos, el 72% de la producción se pasteuriza o industrializa y el 28% se consume cruda o se transforma en derivados lácteos sin proceso térmico, lo que implica un riesgo zoosanitario y de salud pública, además de considerar otra forma de transmisión por aerosoles debido a la convivencia directa del ser humano con ganado bovino infectado de tuberculosis bovina que pueda estar eliminando el bacilo;
Que en nuestro país la extracción anual promedio de bovinos es de 6.5 millones de cabezas, de las cuales 1.18 millones se exportan, 2.8 millones se engordan de manera intensiva en corrales y el resto comprende al ganado bovino que se engorda de manera extensiva y la matanza de ganado bovino adulto;
Que en nuestro país se engorda de manera intensiva 2.8 millones de bovinos al año, lo que representan una derrama económica mayor a los $19,300,000.000.00 (Diecinueve mil trescientos millones de pesos 00/100 M.N.);
Que nuestro país exporta a los Estados Unidos de América en promedio 1'126,495 cabezas de ganado bovino castrado en pie anualmente, representando divisas estimadas de $17,976,288,276.00 (Diecisiete mil novecientos setenta y seis millones doscientos ochenta y ocho mil doscientos setenta y seis pesos 00/100 M.N.) importantes para el país;
Que la Campaña Nacional contra la Tuberculosis Bovina ha
Fuente: Diario Oficial de la Federación.
Para efectos legales, consulte el texto original.
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