RESPUESTA a los comentarios recibidos al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-004-ENER-2024, Eficiencia energética para el conjunto motorbomba y motobombas, para bombeo de agua limpia, en potencias de 0,149 kW (1/5 hp) hasta 1,492 kW (2 hp) límite
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RESPUESTA a los comentarios recibidos al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-004-ENER-2024, Eficiencia energética para el conjunto motorbomba y motobombas, para bombeo de agua limpia, en potencias de 0,149 kW (1/5 hp) hasta 1,492 kW (2 hp) límites, métodos de prueba y etiquetado.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.
RESPUESTA A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS AL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-004-ENER-2024, EFICIENCIA ENERGÉTICA PARA EL CONJUNTO MOTORBOMBA Y MOTOBOMBAS, PARA BOMBEO DE AGUA LIMPIA, EN POTENCIAS DE 0,149 KW (1/5 HP) HASTA 1,492 KW (2 HP) LÍMITES, MÉTODOS DE PRUEBA Y ETIQUETADO.
ISRAEL JÁUREGUI NARES, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE) y Director General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (CONUEE), con fundamento en los artículos: 17, 33 fracción X de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 17, 18, fracciones V y XIX y 36, fracción IX de la Ley de Transición Energética; 35 fracciones VII, VIII y IX y 38 de la Ley de Infraestructura de la Calidad, 2 apartado F, fracción II, 8, fracciones XIV y XV, 39 y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, el Artículo Único del Acuerdo por el que se delegan en el Director General de la CONUEE, las facultades que se indican; y apartado X, inciso A, numerales 11 y 15, e inciso D numerales 1 y 2 del Manual de Organización General de la CONUEE; publica las respuestas a los comentarios recibidos al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-004-ENER-2024, Eficiencia energética para el conjunto motor-bomba y motobombas, para bombeo de agua limpia, en potencias de 0,149 kW (1/5 hp) hasta 1,492 kW (2 hp) límites, métodos de prueba y etiquetado, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 05 de septiembre de 2024.
| PROMOVENTE | RESPUESTA |
| CAAAREM (fecha del comentario: 12-09-2024) | |
| Comentario 1: Contenido del Certificado de la Conformidad del Producto DICE: 12.3.4 Certificado de la conformidad del producto Documento mediante el cual el OCP hace constar que un producto o una familia de productos determinados cumple con las especificaciones establecidas en el Proyecto de Norma Oficial Mexicana. 12.3.11 Organismo de certificación de producto Persona moral acreditada y aprobada conforme a la LIC y su Reglamento, que tenga por objeto realizar funciones de certificación a los productos referidos en el Proyecto de Norma Oficial Mexicana. 12.4.1 La evaluación de la conformidad debe realizarse por LP y OCP, acreditados y aprobados conforme a lo dispuesto en la LIC. |