ACUERDO por el que se da a conocer la Ventanilla Electrónica Ambiental (VEA) de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y se establecen sus bases de funcionamiento
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Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
⚠️
Afecta a
Sector industrial, empresas y comunidades afectadas
✅
Beneficia a
Comunidades locales y el medio ambiente a largo plazo
👍Pros
●Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
●Moderniza el marco regulatorio existente
●Refuerza la protección de derechos de los ciudadanos
👎Contras
●Podría generar carga regulatoria adicional para el sector afectado
●El impacto real dependerá de la efectividad en su implementación y vigilancia
Análisis generado por IA con fines informativos
🔍Investigación y contexto
Esta publicación se enmarca en Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que es el ordenamiento principal que regula la materia.
Texto oficial completo
ACUERDO por el que se da a conocer la Ventanilla Electrónica Ambiental (VEA) de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y se establecen sus bases de funcionamiento
ACUERDOpor el que se da a conocer la Ventanilla Electrónica Ambiental (VEA) de la Secretaría de MedioAmbiente y Recursos Naturales y se establecen sus bases de funcionamiento.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de MedioAmbiente y Recursos Naturales.
ALICIA ISABEL ADRIANA BÁRCENA IBARRA, Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, confundamento en lo dispuesto por los artículos 4o., párrafo quinto, y 25, párrafos primero y último de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 32 Bis, fracciones III, V, XII y XXXIX, de la LeyOrgánica de la Administración Pública Federal; 4, 15 y 15-A de la Ley Federal de ProcedimientoAdministrativo; 7, fracciones I, VI y VII; 8, fracciones II, V y XIV, y 84, fracción I, de la Ley General de MejoraRegulatoria; 3, 5, y 6, fracciones X y XXVII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente yRecursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el Estadogarantizará el respeto que toda persona tiene a gozar de un medio ambiente sano para su desarrollo ybienestar, mandato que se materializa al ejercer una mejor gestión ambiental para el bienestar social y laprosperidad económica;
Que el artículo 25 de la propia Constitución dispone que al Estado le corresponde la rectoría del desarrollonacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, por lo que para cumplimentar dicho objetivo estaSecretaría hace uso de tecnologías de la información para simplificar la recepción, tramitación y resolución delos trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios a su cargo;
Que conforme al artículo 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, corresponde a laSecretaría, administrar y regular el uso y promover el aprovechamiento sustentable de los recursos naturalesque correspondan a la Federación, con excepción de los hidrocarburos y los minerales radioactivos;
Que comprometidos con una mejora de la gestión de los trámites para contar con procesos ágiles,uniformes y transparentes con el objetivo de brindar un mejor servicio a los usuarios es que el 24 de junio de2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se crea y se establecen las basesde funcionamiento del Sistema Nacional de Trámites de la Secretaría de Medio Ambiente y RecursosNaturales (SINAT);
Que el SINAT ha sido una herramienta útil para el registro y seguimiento de los trámites a cargo de laSecretaría, sin embargo, se ha visto rebasado debido al gran número de solicitudes, así como por eldesarrollo de nuevas tecnologías;
Que la Ley General de Mejora Regulatoria en su artículo 84 establece que los trámites y serviciosprevistos en leyes, reglamentos o cualquier otra disposición pueden ser simplificados mediante acuerdosgenerales publicados en el Diario Oficial de la Federación;
Que dicho artículo además establece como medidas de simplificación de trámites o servicios el habilitarherramientas electrónicas para la presentación de trámites y servicios, establecer plazos de respuestamenores a los máximos previstos, extender la vigencia de las resoluciones otorgadas por los SujetosObligados, no exigir la presentación de datos y documentos, así como el implementar cualquier otra acción demejora a los trámites y servicios de su competencia;
Que, por lo anterior, la Secretaría ha desarrollado un sistema innovador acorde a la nueva política nacionalenfocada a la simplificación y digitalización de trámites y servicios a fin de eliminar barreras para el bienestarsocial y la prosperidad económica, y
Que en concordancia con el Compromiso 17 de los 100 Compromisos para el Segundo Piso de la CuartaTransformación, denominado Digitalización más grande de la historia (trámites y servicios), es que laSecretaría se da a la tarea de desarrollar e implementar una nueva herramienta tecnológica que permita alpueblo un mayor acercamiento, facilitar y transparentar el registro, seguimiento y resolución de los trámites.
Por lo que he tenido a bien emitir el correspondiente:
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