jueves, 12 de marzo de 2026

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CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Empresas Públicas del Estado, Fiscalía General de la República, entidades federativas y sus municipios, así como las demarcaciones territoriales de la Ci

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Se publicó en el DOF: "CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Empresas Públicas del Estado, Fiscalía General de la República, entidades federativas y sus municipios, así como las demarcaciones territoriales de la Ci". 26806/21-17-07-9, promovido por la empresa Carimed Equipos, S.A.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
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Contribuyentes, contadores y asesores fiscales

Sociedad en general al contar con un marco normativo actualizado

👍
Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
Su publicación en el DOF garantiza difusión oficial y aplicabilidad uniforme
👎
Su implementación requiere difusión adecuada para asegurar el conocimiento de los obligados
Podría requerir regulación secundaria para su correcta aplicación

Análisis generado por IA con fines informativos

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Esta publicación se enmarca en Ley de Adquisiciones, que es el ordenamiento principal que regula la materia. Se trata de una modificación al marco normativo vigente, lo que indica una actualización regulatoria que responde a cambios en el contexto social, económico o institucional del país.

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Empresas Públicas del Estado, Fiscalía General de la República, entidades federativas y sus municipios, así como las demarcaciones territoriales de la Ci

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Empresas Públicas del Estado, Fiscalía General de la República, entidades federativas y sus municipios, así como las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que la Séptima Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, mediante sentencia de fecha 8 de febrero de 2024, dictada dentro del Juicio de Nulidad No. 26806/21-17-07-9, promovido por la empresa Carimed Equipos, S.A. de C.V., así como su respectiva aclaración de fecha 30 de septiembre de 2024, declaró la nulidad de la resolución número 00641/30.15/5298/2021 de fecha 24 de agosto de 2021, dictada en el expediente PISI-A-NC-DS-0011/2020, a efecto de que se reponga el procedimiento incoado a la empresa Carimed Equipos, S.A. de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.- Órgano Interno de Control Específico en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Área de Responsabilidades.- Expediente No. PISI-A-NC-DS-0011/2020.

CIRCULAR NÚMERO 00641/30.15/7539/2024
Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Empresas Públicas del Estado, Fiscalía General de la República, Entidades Federativas y sus Municipios, así como las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que la Séptima Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, mediante sentencia de fecha 8 de febrero de 2024, dictada dentro del Juicio de Nulidad No. 26806/21-17-07-9, promovido por la empresa CARIMED EQUIPOS, S.A. DE C.V., así como su respectiva aclaración de fecha 30 de septiembre de 2024, declaró la nulidad de la resolución número 00641/30.15/5298/2021 de fecha 24 de agosto de 2021, dictada en el expediente PISI-A-NC-DS-0011/2020, a efecto de que se reponga el procedimiento incoado a la empresa CARIMED EQUIPOS, S.A. DE C.V.
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EMPRESAS PÚBLICAS DEL ESTADO, FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ENTIDADES FEDERATIVAS Y SUS MUNICIPIOS, ASÍ COMO LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
PRESENTES.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 59, 60, fracción IV, y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 50, 114 y 115 de su Reglamento; 1, 2, 3, 13, 35, 36, 38, 50, 56, 60, tercer párrafo, 70, fracciones II y VI, y 72 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 18, 26, 37, fracciones XII y XXIX y 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal de conformidad con los Transitorios Cuarto y Quinto del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal publicado el 28 de noviembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación; 62, primer párrafo de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; 1, 2, 3, fracción XV, 7, apartado E, fracción V, inciso c), 93, fracción III, 98, fracción III y 101, fracción IV, inciso d) y fracción XII y Décimo Primero Transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 2023: 83, párrafos Primero, Segundo, Tercero, Sexto y Octavo del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y el Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, publicado el 28 de junio de 2011 en el Diario Oficial de la Federación; y toda vez que, en cumplimiento a la sente
Fuente: Diario Oficial de la Federación. Para efectos legales, consulte el texto original.

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SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES CONVENIO Leer →