jueves, 12 de marzo de 2026

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ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos de la Acción Desarme Voluntario 2025

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Se publicó "ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos de la Acción Desarme Voluntario 2025". Emiten los Lineamientos de la Acción Desarme Voluntario 2025 .ANOTACION {text-indent:0.0pt;text-align:center;font-size:9.0pt;margin-left:0.0pt;margin-bottom:5.05pt;font-family:serif,Times,Times. Esta disposición fue publicada en el DOF y tiene implicaciones regulatorias directas.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
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Partidos políticos, ciudadanos y autoridades electorales

Sectores regulados que obtengan certeza jurídica con estas disposiciones

👍
Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
Refuerza la protección de derechos de los ciudadanos
👎
Su implementación requiere difusión adecuada para asegurar el conocimiento de los obligados
Podría requerir regulación secundaria para su correcta aplicación

Análisis generado por IA con fines informativos

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Esta publicación se enmarca en Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, que es el ordenamiento principal que regula la materia.

ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos de la Acción Desarme Voluntario 2025

ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos de la Acción Desarme Voluntario 2025.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Seguridad.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS DE LA ACCIÓN DESARME VOLUNTARIO 2025.
OMAR HAMID GARCÍA HARFUCH, Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, con fundamento en los artículos 21 y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos; 1º, 2º, fracción I, 14, 26, fracción V y 30 Bis fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y 1, 5, 6, fracciones II y XII, y 19 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, y
CONSIDERANDO
Que, de conformidad con el artículo 21, párrafo décimo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos corresponde a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana formular, coordinar y dirigir la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, la política de prevención social de las violencias y ejecutar las políticas, programas y acciones con el fin de coordinar la prevención del delito;
Que la Estrategia Nacional de Seguridad Pública contempla en sus Estrategias Específicas, la atención de las causas, como un eje primordial para contribuir a la prevención social de las violencias entre grupos y personas;
Que el Desarme Voluntario constituyen una acción institucional a cargo de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana;
Que el Desarme Voluntario, bajo la responsabilidad de la Unidad de Prevención de la Violencia y el Delito, de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, busca hacer frente a la creciente proliferación de armas en el territorio nacional, y combatir la percepción errónea de que el armamento en el hogar es necesario para sentirse seguro;
Que la seguridad de la ciudadanía y la prevención de las violencias constituyen la principal motivación por la que se pondrá en marcha esta acción en todo el país, con especial énfasis en las Entidades donde se localizan los municipios con mayor incidencia delictiva y municipios prioritarios;
Que los presentes Lineamientos tienen como finalidad fortalecer las estrategias que permitan concientizar a las personas sobre los factores de riesgo social y sus posibles consecuencias a nivel individual y comunitario. Asimismo, fomentan los factores de protección y la prevención de las violencias a través de acciones culturales, deportivas, programas de bienestar, entre otros que promueven la reconstrucción del tejido social, a fin de reducir violencias y conductas delictivas;
Que el Acuerdo 03/XLlll/17, aprobado por el Consejo Nacional de Seguridad Pública en su Cuadragésima Tercera Sesión Ordinaria, celebrada el 21 de diciembre de 2017, establece la implementación de acciones para prevenir y atender la violencia generada por el uso de armas de fuego en coordinación con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno;
Que el Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana señala, en su artículo 1º, que esta dependencia del Poder Ejecutivo Federal "...tiene a su cargo el ejercicio de las atribuciones que en materia de seguridad pública y nacional, así como de protección civil, le asignen las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes de la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos";
Fuente: Diario Oficial de la Federación. Para efectos legales, consulte el texto original.

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