jueves, 12 de marzo de 2026

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ESTATUTO Orgánico del Organismo Público Descentralizado denominado Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García

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El Diario Oficial de la Federación publicó "ESTATUTO Orgánico del Organismo Público Descentralizado denominado Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García". Esta publicación establece disposiciones oficiales que entran en vigor conforme a los plazos señalados en el documento.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
⚠️

Comunidad educativa, instituciones y estudiantes

Sociedad en general al contar con un marco normativo actualizado

👍
Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
Su publicación en el DOF garantiza difusión oficial y aplicabilidad uniforme
👎
Impone nuevas obligaciones que pueden representar costos de cumplimiento
El impacto real dependerá de la efectividad en su implementación y vigilancia

Análisis generado por IA con fines informativos

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Esta publicación se enmarca en Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento, que es el ordenamiento principal que regula la materia. Se trata de una modificación al marco normativo vigente, lo que indica una actualización regulatoria que responde a cambios en el contexto social, económico o institucional del país.

ESTATUTO Orgánico del Organismo Público Descentralizado denominado Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García

ESTATUTO Orgánico del Organismo Público Descentralizado denominado Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Educación.- Secretaría de Educación Pública.- Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García.

ESTATUTO ORGÁNICO DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO ORGANISMO COORDINADOR DE LAS UNIVERSIDADES PARA EL BIENESTAR BENITO JUÁREZ GARCÍA
EL ÓRGANO DE GOBIERNO DEL ORGANISMO COORDINADOR DE UNIVERSIDADES PARA EL BIENESTAR BENITO JUÁREZ GARCÍA, ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DEL GOBIERNO FEDERAL, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 15 SEGUNDO PÁRRAFO Y 58 FRACCIÓN VIII DE LA LEY FEDERAL DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES Y POR EL ARTÍCULO 5 FRACCIÓN I DEL DECRETO POR EL QUE SE CREA EL PROPIO ORGANISMO, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN DEL 30 DE JULIO DE 2019, Y
Considerando
Que el 30 de julio de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se crea el Organismo Público Descentralizado con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía técnica y de gestión, denominado Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García, agrupado en el sector coordinado por la Secretaría de Educación Pública, cuyo objeto será prestar servicios educativos de tipo superior, con base en la participación social y la inclusión de estudiantes privados de su derecho a iniciar estudios superiores en comunidades y municipios que enfrentan condiciones de vulnerabilidad y rezago educativo y social en el país.
Con el propósito de dotar al Organismo del marco de referencia necesario para su organización y operación que le permita la consecución de sus fines de manera eficaz y eficiente, su Órgano de Gobierno, mediante el Acta Ejecutiva con la Relación de Acuerdos Centrales adoptados en la Sesión de Instalación y Primera Ordinaria de 2019, celebrada el 8 de agosto de 2019, modificado en las sesiones Primera Ordinaria de 2020, Cuarta Ordinaria del 2021 y Cuarta Ordinaria de 2023; autoriza una nueva modificación en su cuarta sesión Ordinaria del 2024 y tiene a bien expedir el siguiente:
ESTATUTO ORGÁNICO DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO
ORGANISMO COORDINADOR DE UNIVERSIDADES PARA EL BIENESTAR BENITO JUÁREZ GARCÍA
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1. El presente Estatuto rige la organización y funcionamiento del Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García y determina las atribuciones, facultades y obligaciones de sus órganos y unidades administrativas, así como de los funcionarios que las encabezan, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento, y el Decreto mediante el cual se crea el Organismo Público Descentralizado.
Artículo 2. El Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García es un Organismo Público Descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, agrupado dentro del sector coordinado por la Secretaría de Educación Pública, con domicilio en la ciudad de Pátzcuaro, Michoacán de Ocampo, que tiene por objeto prestar servicios educativos de tipo superior, con base en la participación social y orientado atender a estudiantes excluidos de la educación superior por razones de condicionamientos académicos al acceso, limitaciones económicas, falta de apoyos para realizar sus estudios, dificultades por razones de género y origen social, alejamiento de sus comunidades de origen y falta de pertinencia de carreras ofrecidas por otras instituciones públicas y privadas para lograr una formación profesional acorde con las necesidades de supervivencia en comunidades y municipios que enfrentan rezago y vulnerabilidad social.
Artículo 3. Para efectos del presente instrumento se entiende por:<
Fuente: Diario Oficial de la Federación. Para efectos legales, consulte el texto original.

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SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES CONVENIO Leer →