jueves, 12 de marzo de 2026

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LISTA de valores mínimos para desechos de bienes muebles que generen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal

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Se publicó en el DOF: "LISTA de valores mínimos para desechos de bienes muebles que generen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal". LISTA DE VALORES MÍNIMOS PARA DESECHOS DE BIENES MUEBLES QUE GENEREN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
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Contribuyentes, contadores y asesores fiscales

Sociedad en general al contar con un marco normativo actualizado

👍
Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
Su publicación en el DOF garantiza difusión oficial y aplicabilidad uniforme
👎
Su implementación requiere difusión adecuada para asegurar el conocimiento de los obligados
Podría requerir regulación secundaria para su correcta aplicación

Análisis generado por IA con fines informativos

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Esta publicación se enmarca en Ley General de Bienes Nacionales, que es el ordenamiento principal que regula la materia.

LISTA de valores mínimos para desechos de bienes muebles que generen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal

LISTA de valores mínimos para desechos de bienes muebles que generen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.

LISTA DE VALORES MÍNIMOS PARA DESECHOS DE BIENES MUEBLES QUE GENEREN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.
Con fundamento en los artículos 101, fracción I, 132, quinto párrafo de la Ley General de Bienes Nacionales; 31, fracción XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4°, apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 1, 3, fracciones VII y XXIX, 4, fracción I, inciso a), 6, fracción XXXVI del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y en la Norma Segunda, fracción XXVIII del Acuerdo por el que se expiden las Normas Generales a las que se sujetará
Fuente: Diario Oficial de la Federación. Para efectos legales, consulte el texto original.

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