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viernes, 13 de marzo de 2026

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Diario Oficial de la Federación

ACUERDO Núm

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generado por IA

Se publicó "ACUERDO Núm". Emite el Código de Conducta de la Comisión Reguladora de Energía. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Reguladora de Ene. Esta disposición fue publicada en el DOF y tiene implicaciones regulatorias directas.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
⚠️

Dependencias gubernamentales, sector privado regulado y ciudadanía en general

Sectores regulados que obtengan certeza jurídica con estas disposiciones

👍
Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
Su publicación en el DOF garantiza difusión oficial y aplicabilidad uniforme
👎
Impone nuevas obligaciones que pueden representar costos de cumplimiento
Podría generar carga regulatoria adicional para el sector afectado

Análisis generado por IA con fines informativos

🔍

Esta publicación se enmarca en Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que es el ordenamiento principal que regula la materia.

ACUERDO Núm

ACUERDO Núm. A/159/2024 de la Comisión Reguladora de Energía por el que se emite el Código de Conducta de la Comisión Reguladora de Energía.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Reguladora de Energía.

ACUERDO Núm. A/159/2024
ACUERDO DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA POR EL QUE SE EMITE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA.
El Órgano de Gobierno de la Comisión Reguladora de Energía, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28, párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, fracción III y 43 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, fracción II, 3, 4 párrafo primero, 5, 22, fracciones I, II, III, IV, XXIV y XXVI inciso a) y XXVII de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética; 1, 2 y 3 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 1, 4, 7, fracciones I y II, 8, 9, 12, 16, 18, fracciones I, XXXIV y XLIV, 28 y 30 fracción XI del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía.
CONSIDERANDO
PRIMERO. Que de conformidad con el fundamento antes señalado la Comisión Reguladora de Energía (Comisión) es una dependencia de la Administración Pública Federal con carácter de Órgano Regulador Coordinado en Materia Energética, con personalidad jurídica, autonomía técnica, operativa y de gestión.
SEGUNDO. Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 fracciones I, III y XXIV de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética corresponde a la Comisión, entre otras atribuciones, emitir sus actos y resoluciones con autonomía técnica, operativa y de gestión, así como vigilar y supervisar su cumplimiento, emitir resoluciones, acuerdos, directivas, bases y demás actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como iniciar, tramitar y resolver los procedimientos administrativos de toda índole que con motivo del ejercicio de sus atribuciones se promuevan.
TERCERO. Que el 18 de julio de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la cual establece en su artículo 7 las directrices para la aplicación de los principios que rigen el servicio público y en su artículo 16 que los servidores públicos deberán observar el Código de Ética que al efecto sea emitido conforme a los lineamientos en el Sistema Nacional Anticorrupción.
CUARTO. Que el 12 de octubre de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que establece en su Capítulo IV que cada ente público, previa aprobación de su respectivo Órgano Interno de Control, emitirá un Código de Conducta, en el que se especificará de manera puntual y concreta la forma en que las personas servidoras publicas aplicarán los principios, valores y reglas de integridad contenidas en el Código de Ética correspondiente.
QUINTO. Que el 8 de febrero de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Código de Ética de la Administración Pública Federal, cuyo artículo 20 fracción II, establece que se deberá emitir un Código de Conducta a través de la persona que ocupe la titularidad de la dependencia o entidad, el cual será elaborado a propuesta de su Comité de Ética, previa aprobación del correspondiente Órgano Interno de Control y con base en las disposiciones emitidas por la Secretaría de la Función Pública para tales efectos.
SEXTO. Que el 13 de enero de 2023, la Unidad de Ética Pública y Prevención de Conflictos de Intereses de la Secretaría de la Función Pública, dio a conocer mediante comunicado electrónico a los Secretarios Ejecutivos y Enlaces del Comité de Ética, la Guía para la
Fuente: Diario Oficial de la Federación. Para efectos legales, consulte el texto original.

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