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viernes, 13 de marzo de 2026

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Diario Oficial de la Federación

RESOLUCIÓN que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores y a otros participantes del mercado de valores

10 min de lectura 1 lecturas

generado por IA

El Diario Oficial de la Federación publicó "RESOLUCIÓN que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores y a otros participantes del mercado de valores". Esta publicación establece disposiciones oficiales que entran en vigor conforme a los plazos señalados en el documento.

Vigencia: por el que podrán venderse o clasificarse antes de su vencimiento, y se i
Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
⚠️

Contribuyentes, contadores y asesores fiscales

Sociedad en general al contar con un marco normativo actualizado

👍
Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
Fortalece la transparencia y la rendición de cuentas
👎
Impone nuevas obligaciones que pueden representar costos de cumplimiento
Los plazos establecidos pueden ser insuficientes para la adaptación de los obligados
Podría generar carga regulatoria adicional para el sector afectado

Análisis generado por IA con fines informativos

🔍

Esta publicación se enmarca en Ley del Mercado de Valores, que es el ordenamiento principal que regula la materia. Se trata de una modificación al marco normativo vigente, lo que indica una actualización regulatoria que responde a cambios en el contexto social, económico o institucional del país.

RESOLUCIÓN que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores y a otros participantes del mercado de valores

RESOLUCIÓN que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores y a otros participantes del mercado de valores.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 85, párrafos primero, fracción VII, segundo y cuarto; 86, párrafo cuarto; 104, párrafos primero, fracción VII, tercero, cuarto y quinto, de la Ley del Mercado de Valores, 98 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito, así como 4, fracciones V, XXXI, XXXVI y XXXVIII; 16, párrafo primero, fracción I y 19 de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y
CONSIDERANDO
Que, en atención al artículo 78 de la Ley General de Mejora Regulatoria y con la finalidad de reducir el costo de cumplimiento de la presente Resolución, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores mediante la emisión de la "Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las casas de bolsa" y la "Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables instituciones de crédito" publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 24 de julio de 2017 y 23 de julio de 2021 respectivamente, en términos de las que: se ajustaron los criterios de contabilidad aplicables a las casas de bolsa respecto a la clasificación de sus inversiones en títulos conservados al vencimiento ampliando el plazo por el que podrán venderse o clasificarse antes de su vencimiento, y se incorporó en la metodología de estimación de reservas preventivas y calificación de cartera de créditos de consumo no revolvente e hipotecaria de vivienda, el menor riesgo en que incurren las instituciones de crédito al otorgar créditos a mujeres ajustando los parámetros de riesgo de probabilidad de incumplimiento y severidad de la pérdida;
Que, resulta necesario establecer dentro del marco normativo aplicable a las emisoras de valores y otros participantes del mercado de valores la información de sostenibilidad que deben proporcionar a la Comisión para la inscripción de sus valores en el Registro Nacional de Valores, así como la información periódica a revelar por parte de las emisoras, en aras de contribuir a orientar los flujos de capital hacia inversiones que fomenten el desarrollo económico promoviendo la sostenibilidad ambiental y social, la transparencia y las estrategias de largo plazo en la actividad financiera y económica;
Que, tomando en cuenta lo anterior, se busca que la información de sostenibilidad de las emisoras sea medible, comparable y alineada con las Normas NIIF de Información a Revelar sobre Sostenibilidad emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad, que las sociedades extranjeras emisoras de valores divulguen su información de sostenibilidad de conformidad con las Normas NIIF de Información a Revelar sobre Sostenibilidad o con las normas que en la materia resulten aplicables en su país de origen, y
Que, en aras de dotar al público inversionista de mejores elementos para una mejor toma de decisiones de inversión, a las Emisoras de una mayor eficiencia en la administración de riesgos, e incidir en el crecimiento del mercado de valores en México, ha resuelto expedir la siguiente:
RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS
EMISORAS DE VALORES Y A OTROS PARTICIPANTES DEL MERCADO DE VALORES
ÚNICO.- Se REFORMAN los artículos 2o, fracción I, en su cuarto párrafo; 7o, fracciones II, inciso b), numeral 1, cuarto párrafo, VI, inciso a), numeral 6, primer párrafo; IX, inciso a), numeral 8, primer párrafo; 33, párrafo primero, fracción I, incisos a), numeral 3, cuarto y quinto párrafos, y b), numeral 1, segundo y tercero párrafos; 37, párrafo primero; 40; 50, fracciones VII Bis, incisos a) y b) y VIII, incisos b) y c), y se ADICIONAN los artículos 1o, fracción XIII, recorriéndose las demás en su orden; 2o, fracción I, con el inciso o); 4o, con la fracción IX; 33, fracción I, inciso a), con el numeral 6; 37, fracción I, inciso a), con el numeral 4; y 82 Bis de las "Disposiciones de carácter general aplicables a las Emisoras de valores y a otros participantes del mercado de<
Fuente: Diario Oficial de la Federación. Para efectos legales, consulte el texto original.

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SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES CONVENIO Leer →