jueves, 12 de marzo de 2026

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ACUERDO mediante el cual el Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en uso de sus atribuciones, da a conocer que la función y atribución en materia de actas de entrega-recepción, podrá ejercerla, el Área de Responsabili

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Se publicó en el DOF: "ACUERDO mediante el cual el Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en uso de sus atribuciones, da a conocer que la función y atribución en materia de actas de entrega-recepción, podrá ejercerla, el Área de Responsabili". A su vez, el diverso 24 Bis de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos dispone que el Ór...

Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
⚠️

Partidos políticos, ciudadanos y autoridades electorales

Ciudadanía en general al fortalecer la rendición de cuentas

👍
Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
Fortalece la transparencia y la rendición de cuentas
Puede fomentar la competitividad del sector
👎
Impone nuevas obligaciones que pueden representar costos de cumplimiento
El impacto real dependerá de la efectividad en su implementación y vigilancia

Análisis generado por IA con fines informativos

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Esta publicación se enmarca en Ley General de Responsabilidades Administrativas en su art, que es el ordenamiento principal que regula la materia. Se trata de una modificación al marco normativo vigente, lo que indica una actualización regulatoria que responde a cambios en el contexto social, económico o institucional del país.

ACUERDO mediante el cual el Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en uso de sus atribuciones, da a conocer que la función y atribución en materia de actas de entrega-recepción, podrá ejercerla, el Área de Responsabili

ACUERDO mediante el cual el Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en uso de sus atribuciones, da a conocer que la función y atribución en materia de actas de entrega-recepción, podrá ejercerla, el Área de Responsabilidades, Defensa Jurídica y Transparencia.

Al margen un logotipo, que dice: Comisión Nacional de los Derechos Humanos.- Órgano Interno de Control.

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, DA A CONOCER QUE LA FUNCIÓN Y ATRIBUCIÓN EN MATERIA DE ACTAS DE ENTREGA-RECEPCIÓN, PODRÁ EJERCERLÁ, EL ÁREA DE RESPONSABILIDADES, DEFENSA JURÍDICA Y TRANSPARENCIA.
CONSIDERANDO
Primero. El artículo 109 fracción III párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los entes públicos federales tendrán órganos internos de control con las facultades que determine la ley para prevenir, corregir e investigar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas; para sancionar aquellas distintas a las que son competencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de recursos públicos federales y participaciones federales; así como presentar las denuncias por hechos u omisiones que pudieran ser constitutivos de delito ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción a que se refiere la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Segundo. A su vez, el diverso 24 Bis de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos dispone que el Órgano Interno de Control está dotado de autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su funcionamiento y resoluciones. Que tendrá a su cargo prevenir, corregir, investigar y calificar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas de servidores públicos de la Comisión Nacional y de particulares vinculados con faltas graves; para sancionar aquellas distintas a las que son competencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia, aplicación de recursos públicos federales; así como presentar las denuncias por hechos u omisiones que pudieran ser constitutivos de delito ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.
Tercero. El 10 de agosto de 2023, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo del Consejo Consultivo de esta Comisión Nacional mediante el cual se aprueba la modificación del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, de entre las que competen a este Órgano Interno de Control se encuentran el cambio de denominación del Área de Responsabilidades, Situación Patrimonial y Defensa Jurídica, como Área de Responsabilidades, Defensa Jurídica y Transparencia, el Área de Quejas, Denuncias y Notificaciones, se denomina Área de Quejas, Denuncias, Notificaciones y Evolución Patrimonial.
Cuarto. A su vez, el 29 de agosto de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación un Acuerdo mediante el cual el Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, da a conocer las atribuciones que podrán ejercer las Áreas de su adscripción, acorde con la fracción XV del artículo 38 del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos el Área de Quejas, Denuncias, Notificaciones y Evolución Patrimonial, será la encargada de Administrar el Sistema de Declaraciones Patrimoniales CNDH, y conforme la fracción XVII del mismo precepto y ordenamiento legal, el Área de Evaluación de la Gestión, intervendrá en los actos de entrega-recepción del cargo de las personas servidoras públicas de la Comisión Nacional de mandos medios y superiores, así como emitir los lineamientos, procedimientos y formatos conforme a los cuales se llevarán a cabo dichos actos.
Quinto. La autonomía técnica y de gestión implica la no dependencia de criterios de comportamiento de otros órganos u organismos. Sin embargo, la capacidad de este Órgano Interno de Control para conducir su actuación, bajo los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, y eficiencia que rigen el servicio público, así como p
Fuente: Diario Oficial de la Federación. Para efectos legales, consulte el texto original.

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