jueves, 12 de marzo de 2026

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ACUERDO por el que se dan a conocer las marcas de certificación HECHO EN MÉXICO y MADE IN MEXICO y se expiden sus reglas de uso

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ACUERDO por el que se dan a conocer las marcas de certificación HECHO EN MÉXICO y MADE IN MEXICO y se expiden sus reglas de uso

ACUERDO por el que se dan a conocer las marcas de certificación HECHO EN MÉXICO y MADE IN MEXICO y se expiden sus reglas de uso.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

MARCELO LUIS EBRARD CAUSAUBON, Secretario de Economía, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16 y 34, fracciones I XXII, XXIII, XXIV y XXXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 188 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial; 2, apartado A, fracción II, numeral 4, 4 y 5, fracciones XVII y XXIV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 34, fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, corresponde a la Secretaría de Economía formular y conducir las políticas generales de industria, comercio exterior, interior, abasto y precios del país;
Que el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en sus fracciones XXII, XXIII y XXIV, confiere a la Secretaría de Economía facultades para promover, orientar, fomentar y estimular la industria nacional, el desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa y la microindustria y actividad artesanal, así como regular la organización de productores industriales;
Que son atribuciones y quehacer fundamental de la Secretaría de Economía, el impulso y apoyo a la industria nacional, con énfasis en la micro, pequeña y mediana empresa, así como la producción económica del artesanado, artes populares e industrias familiares, al ser relevantes para la contribución y sostenimiento del empleo en nuestro país;
Que con fecha 08 de marzo de 1978, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Aviso a los Industriales, Comerciantes y Público en General sobre la Norma Oficial NOM-Z-9-1978, EMBLEMA DENOMINADO HECHO EN MEXICO, cuyo objeto fue establecer y describir el emblema denominado HECHO EN MEXICO;
Que con fecha 22 de noviembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establecen las condiciones y requisitos para el otorgamiento de la autorización y el uso del emblema Hecho en México, el cual tenía por objeto establecer los requisitos para otorgar el uso del emblema "HECHO EN MÉXICO" y diseño, como una marca mixta a titularidad de la Secretaría de Economía;
Que la Presidenta de la República, el pasado 13 de enero, presentó el Plan México, el cual constituye una estrategia del Ejecutivo Federal para lograr un desarrollo económico equitativo y sustentable para la prosperidad compartida; este contempla como una de sus acciones prioritarias el relanzamiento de la marca HECHO EN MÉXICO;
Que el Secretario de Economía, Lic. Marcelo Ebrard Casaubon ha asumido como un compromiso institucional con la calidad y excelencia de la marca HECHO EN MÉXICO, ya que representa la identidad del pueblo mexicano en cada producto marcado con este sello. Es nuestra carta de presentación al mundo, una garantía de que en nuestro país se elaboran productos con los más altos estándares de calidad;
Que el artículo 188 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial ordena que las personas titulares de marcas de certificación, autorizarán su uso a toda persona cuyo producto o servicio cumpla con las condiciones determinadas en las reglas de uso;
Que la identificación de los productos con la marca de certificación HECHO EN MÉXICO tiene el objetivo de que esos productos se destaquen dentro de los mercados de nuestro país y se posicionen tanto en el mercado interno como en los mercados internacionales;
Que al ser la Secretaría de Economía titular de las marcas de certificación con signo y denominaciones HECHO EN MÉXICO y MADE IN MEXICO, respectivamente, es la facultada para otorgar la autorización de su uso a las personas que sus productos o servicios cumplan con las reglas de uso;
Que el artículo 2, apartado A, fracción II, numeral 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, establece que al frente de la misma está una persona Titular, quien para el desahogo de los asuntos de su competencia se auxiliar&
Fuente: Diario Oficial de la Federación. Para efectos legales, consulte el texto original.

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