CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las entidades federativas, municipios, los entes públicos de unas y otros, así como a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, lo determ
Sinopsis Editorial
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las entidades federativas, municipios, los entes públicos de unas y otros, así como a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, lo determ .Fechas {m
Documento Oficial
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las entidades federativas, municipios, los entes públicos de unas y otros, así como a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, lo determinado en la interlocutoria de fecha 2 de enero de 2025, por la Novena Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en el juicio de nulidad 12991/24-17-09-5, promovido por la empresa Provetecnia, S.A. de C.V., contra la resolución de 30 de abril de 2024, dictada por la Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas en el expediente SAN/040/2023.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.- Subsecretaría de Buen Gobierno.- Unidad de Contrataciones Públicas.- Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas.- Número de expediente: SAN/ 040/2023.
CIRCULAR No. 01/2025
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS, LOS ENTES PÚBLICOS DE UNAS Y OTROS, ASÍ COMO A LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LO DETERMINADO EN LA INTERLOCUTORIA DE FECHA 2 DE ENERO DE 2025, POR LA NOVENA SALA REGIONAL METROPOLITANA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, EN EL JUICIO DE NULIDAD 12991/24-17-09-5, PROMOVIDO POR LA EMPRESA PROVETECNIA, S.A. DE C.V. , CONTRA LA RESOLUCIÓN DE 30 DE ABRIL DE 2024, DICTADA POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROVERSIAS Y SANCIONES EN CONTRATACIONES PÚBLICAS EN EL EXPEDIENTE SAN/040/2023 .
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS, LOS ENTES PÚBLICOS DE UNAS Y OTROS, ASÍ COMO A LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Con fundamento en los artículos 14, párrafo segundo, 16, párrafo primero, 21, párrafo cuarto y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., párrafos primero y segundo, 2o. fracción I, 14, párrafo primero, 18, 26, fracción XIII y 37, fracción XLVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, primer párrafo, 2, 8 y 9, párrafo primero, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, fracción V, 59, primer párrafo, 60, párrafos primero, fracción IV, segundo y tercero, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como 111 de su Reglamento; 1, 2, letra A, fracción I, inciso c), subinciso iii, 4, 8, fracción XIV y último párrafo, 10, 11, fracción XXIV, 18, fracción XXIV y último párrafo, 21, fracción IV, inciso c) y 22, fracción II, inciso c) del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, se hace del conocimiento lo siguiente:
En sentencia definitiva del incidente de suspensión, de fecha dos de enero de dos mil veinticinco , dictada por la Novena Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en el juicio de nulidad 12991/24-17-09-5 , promovido por la empresa PROVETECNIA, S.A. DE C.V. , contra la resolución de treinta de abril de dos mil veinticuatro, dictada por la Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas, en autos del expediente administrativo número SAN/040/2023 , mediante la cual se sancionó a la citada moral con inhabilitación por un plazo de 9 (nueve) meses; se resolvió lo siguiente:
" [ ... ]
En tal virtud, SE NIEGA LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA DE LA EJECUCIÓN DEL ACTO IMPUGNADO ,