ACUERDO que establece la tarifa provisional para el pago de regalías en favor del C
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ACUERDO que establece la tarifa provisional para el pago de regalías en favor del C. Javier Félix Ortiz, como titular de la obra de dibujo intitulada: "Escudo de Jerez de Zacatecas, México".
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Cultura.- Secretaría de Cultura.- Instituto Nacional del Derecho de Autor.
Con fundamento en los artículos 26, 41 Bis, fracción XVIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; en relación con el numeral B, fracción IV, 26, 27 y 31 del Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura; así como los arábigos 4º, y 17-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; adminiculados con los numerales 1º, 3º fracción XIX, 5º, 6º, 7º, fracciones I, II y III, y 8º, fracciones I, IV y XI, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, de la Ley General de Mejora Regulatoria; así como con los artículos 1º, 10, 26 bis, 203, fracciones III y VII, 204, 205, fracción VIII, 208, 209, 210, 211 y 212 de la Ley Federal del Derecho de Autor; en relación con los arábigos 1°, 8, 9, 10, 11, 12, 103, fracciones I, IV, XV y XXI,104, 105, 106, fracción VII, 129, 161, 162 166, 167, 168, 169 y 170 del Reglamento a la Ley Federal del Derecho de Autor; y los artículos 1º, 2° 3º, 6º y 7º, fracción XII, 8, fracción I, y 12, fracción X del Reglamento Interior del Instituto Nacional del Derecho de Autor, en ESTRICTO CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA dictada por la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual, dentro del expediente 678/19-EPI-01-7 y,
CONSIDERANDO
Que el Instituto Nacional del Derecho de Autor, órgano desconcentrado de la Secretaría de Cultura, es la autoridad administrativa en materia de derechos de autor y derechos conexos, con facultades de iniciar, desahogar y resolver el procedimiento para el establecimiento de tarifa para el pago de regalías, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1º, 28 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los diversos 1, 13, fracción V, 26 bis y 212 de la Ley Federal del Derecho de Autor.
Que las obras plásticas y visuales son todas aquellas obras de dibujo, pictóricas, gráficas, grabados, litografías, esculturas, obras tridimensionales, conceptuales, cibernéticas, efímeras y fotográficas, contempladas en la Ley Federal del Derecho de Autor y su reglamento.
Que el C. Javier Félix Ortiz, por su propio derecho, en su calidad de titular de la obra de dibujo denominada "ESCUDO DE JEREZ, ZACATECAS, MÉXICO", promovió Procedimiento de establecimiento de tarifa para el pago de regalías, a través del escrito de cinco de diciembre de dos mil dieciocho, el cual, se radicó en este Instituto con el número de expediente DPVDA/ET/002/2018.
Que la Dirección de Protección contra la Violación del Derecho de Autor, mediante acuerdo de treinta de enero de dos mil diecinueve, determinó no fijar la tarifa propuesta e inconforme el C. Javier Félix Ortiz, con la determinación, presentó demanda de nulidad ante la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, autoridad que la admitió asignándole el número de expediente 678/19-EPI-01-7.
Que continuando los trámites la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en el expediente 678/19-EPI-01-7, emitió la Sentencia de veinticinco de noviembre de dos mil diecinueve, en la que medularmente consideró que, el actor en su carácter de autor en lo individual, si puede solicitar la fijación de la tarifa y, en ese sentido, ordenó resolver conforme a derecho su solicitud.
Que siguiendo los trámites conducentes, el Instituto Nacional del Derecho de Autor, a través de la Dirección de Protección contra la Violación del Derecho de Autor, mediante el acuerdo de nueve de mayo de dos mil veintitrés, y EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO A LA RESOLUCIÓN DE VEINTICINCO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE, así como, en aplicación al principio pro persona determinó admitir