LINEAMIENTOS L/OM/003/2025 de política y medidas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria de la Fiscalía General de la República para el ejercicio fiscal 2025
Texto oficial completo
LINEAMIENTOS L/OM/003/2025 de política y medidas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria de la Fiscalía General de la República para el ejercicio fiscal 2025.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Fiscalía General de la República.- Oficialía Mayor.
LINEAMIENTOS L/OM/003/2025
LINEAMIENTOS DE POLÍTICA Y MEDIDAS DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025.
LIC. FRANCISCO SANTIAGO SÁENZ DE CÁMARA AGUIRRE, Oficial Mayor de la Fiscalía General de la República, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 102, Apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 16 de la Ley de la Fiscalía General de la República; 170, fracciones IV, XIX, XXX del Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la República y de conformidad con los artículos 1, segundo párrafo de la Ley Federal de Austeridad Republicana y 9, penúltimo párrafo del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025, y
CONSIDERANDO
Que el 10 de febrero de 2014 y el 29 de enero de 2016, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, respectivamente, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral y el Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la reforma política de la Ciudad de México, por medio de los cuales se reformaron, entre otros, el Apartado A del artículo 102 Constitucional y se estableció que el Ministerio Público de la Federación se organizará en una Fiscalía General de la República como órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio;
Que el 20 de diciembre de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Declaratoria de la entrada en vigor de la Autonomía Constitucional de la Fiscalía General de la República, de conformidad con el primer párrafo del transitorio Décimo Sexto del primer Decreto citado;
Que el 20 de mayo de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley de la Fiscalía General de la República, se abroga la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de distintos ordenamientos legales. Dicha Ley tiene por objeto establecer la integración, estructura, funcionamiento y atribuciones de la Institución, así como la organización, responsabilidades y función ética-jurídica del Ministerio Público de la Federación y demás personas servidoras públicas de la Fiscalía General de la República, conforme a las facultades que le confiere la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Que el 19 de junio de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la República, que tiene por objeto establecer las normas para la organización y el funcionamiento de la Fiscalía General de la República;
Que la Ley de la Fiscalía General de la República, plantea importantes retos de cambio estructural en su organización y administración del capital humano, en la implementación de sistemas de operación, en el establecimiento de un Plan Estratégico de Procuración de Justicia como instrumento programático de corto, mediano y largo plazo, para el mejoramiento en la prestación de los servicios de procuración de justicia, entre otros; desafíos que requerirán optimizar y maximizar los recursos disponibles;
Que el artículo 134, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los recursos económicos públicos deberán administrarse con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados;
Que la Ley Federal de Austeridad Republicana, en su artículo 1, párrafo segundo, establece que los Poderes Legislativo y Judicial, así como los órganos constitucionales autónomos tomarán las acciones necesarias para dar cumplimiento a la citada Ley, de acuerdo con la normatividad aplicable a cada uno de
Fuente: Diario Oficial de la Federación.
Para efectos legales, consulte el texto original.
· · ·
Publicaciones relacionadas
CONVENIO de Coordinación que tiene por objeto establecer las bases para la instrumentación en la formulación, aprobación…
CONVENIO de Coordinación que tiene por objeto establecer las bases para la instrumentación en la formulación, aprobación, expedición, ejecución, evaluación, act…
ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante la Comisión Nacional para…
ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía ACUERDOp…
COMISIÓN NACIONAL PARA EL USO EFICIENTE DE LA ENERGÍA
Leer →
ACUERDO de la Comisión Nacional de Energía por el que se establecen los avisos y formatos para simplificar una modalidad…
ACUERDO de la Comisión Nacional de Energía por el que se establecen los avisos y formatos para simplificar una modalidad del trámite de actualización de permiso…
COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS AVISOS Y FORMATOS PARA SIMPLIFICAR UNA MODALIDAD DEL TRÁMITE DE ACTUALIZACIÓN DE PERMISO DEL PARQUE VEHICULAR EN PETROLÍFEROS
Leer →
ACUERDO por el que se da a conocer la habilitación de la ciudadana Lorena Avilés Ángel, como Corredora Pública con númer…
ACUERDO por el que se da a conocer la habilitación de la ciudadana Lorena Avilés Ángel, como Corredora Pública con número 2 en la plaza del Estado de Oaxaca ACU…