CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Fiscalía General de la República, a las entidades federativas y sus municipios, así como las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que
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CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Fiscalía General de la República, a las entidades federativas y sus municipios, así como las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que la Quinta Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por sentencia definitiva de veintisiete de agosto de dos mil veinticuatro, dictada en el juicio de nulidad 23319/23-17-05-5, declaró la nulidad lisa y llana de la resolución emitida el cuatro de septiembre de dos mil veintitrés dentro del procedimiento administrativo número S.P.-001/2023, quedando sin efectos jurídicos las sanciones administrativas impuestas a la persona moral denominada Altum Tecnologic, S.A. de C.V., contenidas en la circular publicada el 18 de septiembre de 2023.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.- Órgano Interno de Control en la Secretaría de Salud.- Área de Responsabilidades.- Expediente No. S.P.-001/2023.
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y SUS MUNICIPIOS, ASÍ COMO LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, QUE LA QUINTA SALA REGIONAL METROPOLITANA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, POR SENTENCIA DEFINITIVA DE VEINTISIETE DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO, DICTADA EN EL JUICIO DE NULIDAD 23319/23-17-05-5, DECLARÓ LA NULIDAD LISA Y LLANA DE LA RESOLUCIÓN EMITIDA EL CUATRO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NÚMERO S.P.-001/2023, QUEDANDO SIN EFECTOS JURÍDICOS LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS IMPUESTAS A LA PERSONA MORAL DENOMINADA ALTUM TECNOLOGIC, S.A. DE C.V., CONTENIDAS EN LA CIRCULAR PUBLICADA EL 18 DE SEPTIEMBRE DE 2023.
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y SUS MUNICIPIOS, ASÍ COMO LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
PRESENTES.
Con fundamento en los artículos 1, 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, fracción I, 12, 14, 16, 26 y 37, fracciones XL y XLI , Transitorios Cuarto y Quinto de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, reformada por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro; 3, fracción XV; 8 y 9, primer párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria; 1, fracción II, 7, párrafo segundo, de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 2, apartado B, fracción I, inciso c), 69, fracción III, 72, 75, fracción XIII, 84, último párrafo y Cuarto Transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, publicado en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro; así como en los artículos 1, fracción XVIII y Transitorio Cuarto del ACUERDO por el que se determina la organización y coordinación de los órganos internos de control y unidades de responsabilidades, publicado en el mismo medio de difusión oficial el dieciséis de enero del dos mil veinticinco y 2, penúltimo párrafo, 49 y 51 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y toda vez que, en cumplimiento a la sentencia del veintisiete de agosto de dos mil veinticuatro, dictada por la Quinta Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa en el juicio de nulidad 23319/23-17-05-5, esta Área de Responsabilidades a través del oficio número SABG/420/OICSALUD/AR/0028/2025 de 29 de enero de 2025, notificó el 17 de febrero de 2025, a la representante legal de la persona moral ALTUM TECNOLOGIC, S.A. DE C.V., el acuerdo por el que deja sin efectos jurídicos la resolución de cuatro de septiembre de dos mil veintitrés, emitida dentro
Fuente: Diario Oficial de la Federación.
Para efectos legales, consulte el texto original.
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