RESOLUCIÓN por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de perfiles huecos de aluminio originarias de los Estados Unidos de América y la
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RESOLUCIÓN por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de perfiles huecos de aluminio originarias de los Estados Unidos de América y la República Popular China, independientemente del país de procedencia.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACEPTA LA SOLICITUD DE PARTE INTERESADA Y SE DECLARA EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE PERFILES HUECOS DE ALUMINIO ORIGINARIAS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA
Visto para resolver en la etapa de inicio el expediente administrativo AD_28-24 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, en adelante Secretaría, se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes
RESULTANDOS
A. Solicitud
1. El 30 de septiembre de 2024, Cuprum, S.A. de C.V. e Indalum, S.A. de C.V., en adelante Cuprum e Indalum, respectivamente, o en su conjunto, las Solicitantes, presentaron la solicitud de inicio del procedimiento administrativo de investigación por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, sobre las importaciones definitivas y temporales de perfiles huecos de aluminio, originarias de los Estados Unidos de América y la República Popular China, en adelante los Estados Unidos y China, respectivamente, o en su conjunto, países investigados, independientemente del país de procedencia.
2. Las Solicitantes manifestaron que las importaciones de perfiles huecos de aluminio, originarias de China y los Estados Unidos, se realizaron en volúmenes significativos y en condiciones de discriminación de precios, causando daño a la industria nacional.
3. Propusieron como periodo investigado el comprendido del 1 de julio de 2023 al 30 de junio de 2024 y como periodo de análisis de daño el comprendido del 1 de julio de 2021 al 30 de junio de 2024. Presentaron argumentos y pruebas con objeto de sustentar su solicitud de investigación, los cuales constan en el expediente administrativo y fueron considerados para la emisión de la presente Resolución.
B. Solicitantes
4. Cuprum e Indalum son empresas constituidas conforme a las leyes mexicanas. Entre sus principales actividades se encuentran la fabricación, transformación, compra y venta de productos de la industria metalúrgica y materias primas para la misma, incluido el aluminio. Señalaron como domicilio para recibir notificaciones el ubicado en Av. Insurgentes Sur No. 1647, piso 1, Int. A, Col. San José Insurgentes, C.P. 03900, Ciudad de México.
C. Producto objeto de investigación
1. Descripción general
5. Cuprum e Indalum indicaron que el producto objeto de investigación son los perfiles huecos de aluminio aleado o sin alear, de cualquier dimensión, forma o figura, con acabados -por ejemplo, pintado o anodizado- o sin acabados. Comercialmente se conocen como perfiles huecos de aluminio, y considerando su forma, pueden tener varios nombres como cerco traslape, cerco chapa, zoclo puerta, intermedio mosquitero, cerco mosquitero, duela hueca, celosías, estrellas y perfiles ventaneros.
2. Características
6. Cuprum e Indalum manifestaron que los perfiles huecos de aluminio son estructuras de diversas formas y dimensiones que se fabrican a partir de un proceso de extrusión. Son largos en
Fuente: Diario Oficial de la Federación.
Para efectos legales, consulte el texto original.
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