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viernes, 13 de marzo de 2026

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Diario Oficial de la Federación

RESOLUCIÓN de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social respecto de la reclamación presentada por la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos

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RESOLUCIÓN de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social respecto de la reclamación presentada por la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos

RESOLUCIÓN de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social respecto de la reclamación presentada por la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL RESPECTO DE LA RECLAMACIÓN PRESENTADA POR LA CONFEDERACIÓN DE CÁMARAS INDUSTRIALES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
MARATH BARUCH BOLAÑOS LÓPEZ, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, fracción I, 26, fracción XVII y 40, fracción XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 7o y 8o de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; artículo Tercero Transitorio, fracción I del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vivienda con orientación social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de febrero de 2025; numerales 1, 2, primer párrafo, 5, fracciones III y XIX del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como el segundo párrafo de la Base Novena de las "BASES para determinar las organizaciones nacionales de personas trabajadoras y empleadoras que intervendrán en la designación de los integrantes de la Asamblea General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores", publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 24 de febrero de 2025.
VISTO el escrito de reclamación presentado por la CONFEDERACIÓN DE CÁMARAS INDUSTRIALES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS (CONCAMIN), sobre la inclusión y exclusión de los integrantes de las organizaciones de personas trabajadoras y empleadoras que deban hacer la designación de integrantes de la Asamblea General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, de conformidad con la Base Novena de las "BASES para determinar las organizaciones nacionales de personas trabajadoras y empleadoras que intervendrán en la designación de los integrantes de la Asamblea General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores", publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 24 de febrero de 2025, y
RESULTANDO
PRIMERO.- Que en términos de lo dispuesto en los artículos 16 y 40, fracciones I y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, le corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, vigilar la observancia y aplicación de las disposiciones relativas contenidas en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los demás que fijen expresamente las leyes y reglamentos;
SEGUNDO.- Que el artículo 7o de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, establece que la Asamblea General es la autoridad suprema del Instituto y que en virtud de su reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de febrero de 2025, se integra de manera tripartita con treinta integrantes; de los cuales diez son designados por el Ejecutivo Federal, diez por las organizaciones nacionales de personas trabajadoras y diez por las organizaciones nacionales de personas empleadoras, que durarán en su encargo seis años;
TERCERO.- Que el artículo 8o de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, establece que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, fijará cada seis años cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, las Bases para determinar las organizaciones nacionales de personas trabajadoras y empleadoras que intervendrán en la designación de los integrantes de la Asamblea General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores;
CUARTO