jueves, 12 de marzo de 2026

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ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación y mejora administrativa de trámites que se realizan ante la Secretaría de Cultura

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Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
⚠️

Dependencias gubernamentales, sector privado regulado y ciudadanía en general

Sectores regulados que obtengan certeza jurídica con estas disposiciones

👍
Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
Moderniza el marco regulatorio existente
Refuerza la protección de derechos de los ciudadanos
👎
Podría generar carga regulatoria adicional para el sector afectado
El impacto real dependerá de la efectividad en su implementación y vigilancia

Análisis generado por IA con fines informativos

🔍

Esta publicación se enmarca en Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que es el ordenamiento principal que regula la materia.

ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación y mejora administrativa de trámites que se realizan ante la Secretaría de Cultura

ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación y mejora administrativa de trámites que se realizan ante la Secretaría de Cultura.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Cultura.

CLAUDIA STELLA CURIEL DE ICAZA, Secretaría de Cultura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 14, 16, 26 fracción XIX y 41 bis fracciones I, VII y XXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 5, 8 fracción V, y 84 de la Ley General de Mejora Regulatoria; 1 y 12 fracción VI de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales; 10 y 15 del Reglamento de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales.
CONSIDERANDO
Que el último párrafo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que las autoridades de todos los órdenes de gobierno, en el ámbito de su competencia, deberán implementar políticas públicas de mejora regulatoria para la simplificación de regulaciones, trámites, servicios y demás objetivos que establezca la ley general en la materia.
Que la Ley General de Mejora Regulatoria establece que los trámites y servicios deberán respetar los principios de legalidad, reserva de ley, jerarquía normativa y todos aquellos que tiendan a los objetivos de dicho instrumento.
Que son objetivos de la política de mejora regulatoria, simplificar y modernizar los trámites y servicios, mismos que podrán implementarse mediante acuerdos generales publicados en el medio de difusión correspondiente.
Que la Secretaría de Cultura es la encargada de la preservación y difusión del patrimonio cultural del país de forma integral, de igual manera, de promover las manifestaciones artísticas y culturales, así como estimular los programas orientados a la creación, desarrollo y esparcimiento de estas.
Que el Sistema Nacional de Creadores de Arte estimula a los creadores de talento y excelencia, con acciones que permitan el fomento de la creación individual y cultural, garantizando la plena libertad de los creadores.
Que de conformidad con el artículo 6 del "ACUERDO que establece el Sistema Nacional de Creadores de Arte", la Secretaría de Cultura es la encargada de expedir las reglas de operación del Sistema Nacional de Creadores de Arte, las cuales serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
Que de conformidad con el artículo 16, fracción III y 23 de la Ley de Planeación, la SC establece los objetivos, estrategias y líneas de acción en el programa sectorial de cultura, armonizados para el objetivo de garantizar el acceso de las personas a los bienes y servicios culturales a través del incremento y diversificación de la oferta cultural en el territorio.
Que los programas presupuestarios, así como las reglas de operación, deberán ejercerse de acuerdo con los criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas e igualdad de género.
Que el objetivo general de la Secretaría de Cultura es impulsar el desarrollo integral y una mejor calidad de vida de las y los mexicanos mediante el otorgamiento de recursos para el desarrollo de proyectos a fin de promover el arte y la cultura.
Que en cumplimiento a la Regla 13 de las reglas de operación del Sistema Nacional de Creadores de Arte, "La Convocatoria describe de manera pormenorizada el procedimiento y tiempo para realizar la evaluación y selección de los Creadores Artísticos de cada emisión. Dicho procedimiento deberá comprender tres fases: administrativa, técnica y resolutiva".
Que la convocatoria del Programa de Apoyos a las Culturas Municipales y Comunitarias (PACMyC) deberá estar sujeta a las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a la Cultura (S268) de la Secretaría de Cultura. Las Reglas de Operación tienen como objetivo asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados a los mismos y el acceso de la población objetivo a dichos recursos en igualdad de condiciones. Permiten también transparentar y rendir cuentas de los procesos de solicitud, selección, otorgamiento y c
Fuente: Diario Oficial de la Federación. Para efectos legales, consulte el texto original.

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