jueves, 12 de marzo de 2026

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RESOLUCIÓN Preliminar del procedimiento administrativo de revisión de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de vigas de acero tipo I y tipo H originarias del Reino de España, independientemente del país de procedencia

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Se publicó en el DOF: "RESOLUCIÓN Preliminar del procedimiento administrativo de revisión de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de vigas de acero tipo I y tipo H originarias del Reino de España, independientemente del país de procedencia". Resolución final de la investigación antidumping 1.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
⚠️

Importadores, exportadores y agentes aduanales

Sociedad en general al contar con un marco normativo actualizado

👍
Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
Su publicación en el DOF garantiza difusión oficial y aplicabilidad uniforme
👎
Su implementación requiere difusión adecuada para asegurar el conocimiento de los obligados
Podría requerir regulación secundaria para su correcta aplicación

Análisis generado por IA con fines informativos

🔍

Esta publicación se enmarca en Ley de los Impuestos Generales de Importaci, que es el ordenamiento principal que regula la materia.

RESOLUCIÓN Preliminar del procedimiento administrativo de revisión de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de vigas de acero tipo I y tipo H originarias del Reino de España, independientemente del país de procedencia

RESOLUCIÓN Preliminar del procedimiento administrativo de revisión de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de vigas de acero tipo I y tipo H originarias del Reino de España, independientemente del país de procedencia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

RESOLUCIÓN PRELIMINAR DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE REVISIÓN DE LAS CUOTAS COMPENSATORIAS IMPUESTAS A LAS IMPORTACIONES DE VIGAS DE ACERO TIPO I Y TIPO H ORIGINARIAS DEL REINO DE ESPAÑA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA
Visto para resolver en la etapa preliminar el expediente administrativo RC 05-24 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, en adelante Secretaría, se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes
RESULTANDOS
A. Resolución final de la investigación antidumping
1. El 24 de febrero de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, en adelante DOF, la "Resolución Final del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de vigas de acero tipo I y tipo H originarias de la República Federal de Alemania, el Reino de España y el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, independientemente del país de procedencia", en adelante Resolución Final.
2. Mediante la Resolución Final, la Secretaría determinó imponer cuotas compensatorias definitivas a las importaciones de vigas de acero tipo I y tipo H originarias de la República Federal de Alemania, en adelante Alemania, el Reino de España, en adelante España, y el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en adelante Reino Unido, independientemente del país de procedencia, que ingresan por las fracciones arancelarias 7216.32.99 y 7216.33.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en adelante TIGIE, o por cualquier otra, en los siguientes términos:
a.     de 0.0613 dólares de los Estados Unidos de América, en adelante dólares, por kilogramo para las importaciones originarias de España provenientes de la empresa ArcelorMittal Olaberria-Bergara, S.L., en adelante AMOB;
b.     de 0.0666 dólares por kilogramo para las importaciones originarias de España provenientes de las demás empresas exportadoras;
c.     de 0.1095 dólares por kilogramo para las importaciones originarias de Alemania, y
d.     de 0.1270 dólares por kilogramo para las importaciones originarias del Reino Unido.
B. Resolución de inicio de la revisión
3. El 19 de junio de 2024, se publicó en el DOF la "Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de revisión de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de vigas de acero tipo I y tipo H originarias del Reino de España, independientemente del país de procedencia", en adelante Resolución de Inicio, mediante la cual la Secretaría fijó como periodo de revisión el comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023.
C. Producto objeto de revisión
1. Descripción del producto
4. El producto objeto de revisión son las vigas o perfiles de acero tipo I y tipo H. El nombre comercial y/o técnico para las
Fuente: Diario Oficial de la Federación. Para efectos legales, consulte el texto original.

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