NORMAS y Bases para cancelar adeudos a cargo de terceros y a favor de la Administración del Sistema Portuario Nacional Ensenada, S
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NORMAS y Bases para cancelar adeudos a cargo de terceros y a favor de la Administración del Sistema Portuario Nacional Ensenada, S.A. de C.V., cuando fuere notoria la imposibilidad práctica de su cobro.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Marina.- Secretaría de Marina.- Administración del Sistema Portuario Nacional Ensenada, S.A. de C.V.
NORMAS Y BASES PARA CANCELAR ADEUDOS A CARGO DE TERCEROS Y A FAVOR DE LA ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL ENSENADA, S.A. DE C.V., CUANDO FUERE NOTORIA LA IMPOSIBILIDAD PRÁCTICA DE SU COBRO.
ÍNDICE
I. INTRODUCCIÓN
II. OBJETIVOS
III. MARCO JURÍDICO
IV. GLOSARIO DE TÉRMINOS
V. ÁMBITO DE APLICACIÓN
VI. VIGENCIA
VII. DISPOSICIONES GENERALES
VIII. NORMAS GENERALES
IX. BASES GENERALES
X. RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO Y OBSERVANCIA
ANEXO
I. INTRODUCCIÓN
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58, fracción XVII de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; 34 inciso K de su Estatuto Social, se emiten las presentes Normas y Bases para cancelar adeudos a cargo de terceros y en favor de Administración del Sistema Portuario Nacional Ensenada, S.A. de C.V., cuando fuere notoria la imposibilidad práctica de su cobro o resultara incosteable, y serán de aplicación inmediata, a partir de su autorización por su Consejo de Administración.
Este documento tiene el propósito de prever que los adeudos irrecuperables que tienen terceros con la Administración del Sistema Portuario Nacional Ensenada, S.A. de C.V. (ENTIDAD), cuyo cobro resulte incosteable, no afecten las finanzas de la misma, y se evite el incremento innecesario de la cartera vencida, generando gastos superfluos a la ENTIDAD.
Su contenido constituye normas internas que regirán en dicha materia, atendiendo los principios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad, honradez y transparencia, asegurando las mejores condiciones para la ENTIDAD.
II. OBJETIVOS
1. Contar con un instrumento normativo interno para agilizar los procesos de cancelación de adeudos a cargo de terceros, cuando fuere notoria la imposibilidad práctica de su cobro o resulte incosteable; asimismo para evitar el incremento innecesario de la cartera vencida.
2. Transparentar y dar certeza de las operaciones que se realicen.
3. Dar a conocer las bases para el registro de la estimación para cuentas o documentos por cobrar incobrables, así como su aplicación por la cancelación de las que se determinen de difícil cobro.
4. Impulsar la modernización, el desarrollo administrativo y la efectiva delegación de facultades.