jueves, 12 de marzo de 2026

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ACUERDO por el que se emite la Declaratoria del Polo de Desarrollo para el Bienestar Tapachula I

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ACUERDO por el que se emite la Declaratoria del Polo de Desarrollo para el Bienestar Tapachula I

ACUERDO por el que se emite la Declaratoria del Polo de Desarrollo para el Bienestar Tapachula I.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Marina.- Secretaría de Marina.- Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec.

Vicealmirante Juan Carlos Vera Minjares, Director General del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 22, primer párrafo, fracciones I y II y último párrafo, y 59, fracciones I, XII y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 4, fracciones VIII y XII, 9, fracción V, 10 y 11, fracciones V, VI y XIV del Decreto por el que se crea el organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, no sectorizado, denominado Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec y el diverso que lo reforma; 1, 2 fracción I y 13, fracción III y último párrafo del Estatuto Orgánico del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, así como en el Acuerdo CIIT-25-XXII-SO-08 adoptado por la Junta de Gobierno del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec en la Vigésima Segunda Sesión Ordinaria celebrada el 26 de marzo de 2025, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 26, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico, el empleo, así como una justa distribución del ingreso y la riqueza, para garantizar que ésta sea integral y sustentable y que permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales. Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la Nación;
Que el 14 de junio de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se crea el organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, no sectorizado, denominado Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec (Decreto), el cual fue modificado mediante diverso publicado en el mencionado órgano de difusión oficial el 14 de marzo de 2023;
Que el artículo 1 del Decreto antes mencionado señala que el objeto de dicho organismo es instrumentar una plataforma logística multimodal que integre la prestación de servicios de las administraciones del sistema portuario nacional Coatzacoalcos S.A. de C.V., Salina Cruz S.A. de C.V., Dos Bocas S.A. de C.V. y Puerto Chiapas, S.A. de C.V., y su interconexión mediante transporte ferroviario, por conducto del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., así como adquirir, desarrollar, fraccionar, comercializar, concesionar, adjudicar y, en su caso, enajenar los inmuebles que integran su patrimonio, que permita llevar a cabo el establecimiento de los polos de desarrollo para el bienestar, con base en las vocaciones productivas que se determinen para los polígonos correspondientes de la región del Istmo de Tehuantepec, con una visión integral, sustentable, sostenible e incluyente, que fomente el crecimiento económico, productivo y cultural;
Que el artículo 4, fracción VIII, del Decreto señala que, para cumplir con su objeto, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec deberá emitir las declaratorias de los Polos de Desarrollo para el Bienestar;
Que el artículo 9, fracción V, del Decreto dispone que la Junta de Gobierno aprobará la declaratoria de los Polos de Desarrollo para el Bienestar, conforme a los requisitos que la propia Junta establezca, y
Que la Junta de Gobierno aprobó la presente Declaratoria mediante Acuerdo CIIT-25-XXII-SO-08 de fecha 26 de marzo de 2025, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EMITE LA DECLARATORIA DEL POLO DE DESARROLLO PARA EL BIENESTAR TAPACHULA I
CAPÍTULO I
OBJETO
ARTÍCULO PRIMERO. El presente Acuerdo tiene por objeto declarar el Polo de Desarrollo para el Bienestar Tapachula I y delimitar la zona de influencia en donde se ubica.
CAPÍTULO II
DELIMITACIÓN DEL ÁREA GEOGRÁFICA