jueves, 12 de marzo de 2026

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CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Gadark, S

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CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Gadark, S

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Gadark, S.A. de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.- Órgano Interno de Control en la Secretaría de Cultura.- Área de Responsabilidades.- Expediente No.: CULTURA-PAS-002/2024.

CIRCULAR No. OICCULTURA/AR/02/2025
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA GADARK, S.A. DE C.V.
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.
PRESENTES.
Con fundamento en los artículos 14, párrafo segundo, 16, párrafo primero y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26, fracción XIII, 37, fracciones XL y XLVI, 44 y Transitorios Primero, Cuarto, Quinto y Séptimo del DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro; 2, letra B, fracción I, inciso c), 75 fracción XII, en relación con los artículos Transitorios Cuarto y Sexto, del DECRETO por el que se expide el Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, publicado en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro; 1, fracción XXI del "ACUERDO por el que se determina la organización y coordinación de los órganos internos de control y unidades de responsabilidades", publicado en el Diario Oficial de la Federación el dieciséis de enero de dos mil veinticinco; así como en lo establecido por los artículos 1, fracción II, 59, primer párrafo, 60, fracción IV y 61, último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 112 y 113 de su Reglamento; 1, 3 y 74 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; y 23 del "ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos para la tramitación del procedimiento de sanción por infracciones a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y la Ley de Asociaciones Público Privadas", publicado el siete de junio de dos mil veinticuatro en el Diario Oficial de la Federación; y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo II de la resolución definitiva de fecha veintiocho de marzo de dos mil veinticinco, emitida en el expediente CULTURA-PAS-002/2024, mediante la cual, se concluyó el procedimiento administrativo incoado a la empresa GADARK, S.A. DE C.V., determinándose imponerle las sanciones consistentes en MULTA por la cantidad de $165,026.50 (ciento sesenta y cinco mil veintiséis pesos 50/100 moneda nacional), así como la INHABILITACIÓN por el plazo de tres (3) meses para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En ese sentido, conforme lo dispuesto en el Resolutivo IV de la citada resolución, esta autoridad hace de su conocimiento que, a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos regulados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con dicha empresa, de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de tres (3) meses.
Fuente: Diario Oficial de la Federación. Para efectos legales, consulte el texto original.

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