jueves, 12 de marzo de 2026

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RESOLUCIÓN por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de homopolímero de monómero de cloruro de vinilo en suspensión originarias de lo

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RESOLUCIÓN por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de homopolímero de monómero de cloruro de vinilo en suspensión originarias de lo

RESOLUCIÓN por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de homopolímero de monómero de cloruro de vinilo en suspensión originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACEPTA LA SOLICITUD DE PARTE INTERESADA Y SE DECLARA EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE HOMOPOLÍMERO DE MONÓMERO DE CLORURO DE VINILO EN SUSPENSIÓN ORIGINARIAS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA
Visto para resolver en la etapa de inicio el expediente administrativo AD_36-24 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, en adelante la Secretaría, se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes
RESULTANDOS
A. Solicitud
1. El 10 de diciembre de 2024, Mexichem Resinas Vinílicas, S.A. de C.V., en adelante Mexichem o la Solicitante, presentó la solicitud de inicio del procedimiento administrativo de investigación por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, sobre las importaciones de homopolímero de monómero de cloruro de vinilo (PVC), obtenido por el proceso de polimerización en suspensión, en adelante PVC suspensión, originarias de los Estados Unidos de América, en adelante los Estados Unidos, independientemente del país de procedencia.
2. La Solicitante manifestó que las importaciones de PVC suspensión originarias de los Estados Unidos se incrementaron constantemente durante el periodo analizado y se realizaron en condiciones de discriminación de precios, lo que afectó su participación de mercado e indicadores financieros, derivó en la imposibilidad de afrontar el incremento en costos, y en una reducción significativa de los precios de la mercancía nacional, como resultado de los precios a los que se oferta el producto objeto de investigación.
3. Propuso como periodo investigado el comprendido del 1 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2024 y como periodo de análisis de daño el comprendido del 1 de octubre de 2021 al 30 de septiembre de 2024. Presentó argumentos y pruebas con objeto de sustentar su solicitud de investigación, los cuales constan en el expediente administrativo y fueron considerados para la emisión de la presente Resolución.
B. Solicitante
4. Mexichem es una empresa constituida conforme a las leyes mexicanas. Entre sus principales actividades se encuentra la fabricación y comercialización de toda clase de productos petroquímicos, incluidos productos de PVC. Señaló como domicilio para recibir notificaciones el ubicado en Río Duero No. 31, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México.
C. Producto objeto de investigación
1. Descripción general
5. La Solicitante indicó que el producto objeto de investigación es el homopolímero de monómero de cloruro de vinilo obtenido por el proceso de polimerización en suspensión, comúnmente conocido como PVC suspensión, resina de PVC suspensión o simplemente PVC. Señaló que consiste en una resina termoplástica constituida por la repetición de unidades químicas que corresponde al monómero de cloruro de vinilo (VCM), insumo utilizado para la fabricación de PVC. El PVC es un polímero cuya cadena está formada por la repetición de unidades de cloruro de vinilo.
Fuente: Diario Oficial de la Federación. Para efectos legales, consulte el texto original.

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