jueves, 12 de marzo de 2026

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ACTA de instalación de la Convención Revisora en su aspecto salarial del Contrato-Ley de la Industria Textil del Ramo de Géneros de Punto

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ACTA de instalación de la Convención Revisora en su aspecto salarial del Contrato-Ley de la Industria Textil del Ramo de Géneros de Punto

ACTA de instalación de la Convención Revisora en su aspecto salarial del Contrato-Ley de la Industria Textil del Ramo de Géneros de Punto.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.- Coordinación General de Conciliación Colectiva.- Dirección de Contratos-Ley.- Expediente 12/212/ (72) / 2 Legajo 86.

ACTA DE INSTALACIÓN DE LA CONVENCIÓN REVISORA EN SU ASPECTO SALARIAL DEL CONTRATO-LEY DE LA INDUSTRIA TEXTIL DEL RAMO DE GÉNEROS DE PUNTO
En la Ciudad de México, a las once horas del tres de octubre de dos mil veinticuatro, día y hora señalado en la Convocatoria publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha veintidós de agosto del dos mil veinticuatro, en cumplimiento a lo ordenado por los artículos 419 fracciones I, III de la Ley Federal del Trabajo, se procedió a la instalación de la Convención Obrero Patronal Revisora en su aspecto salarial del Contrato-Ley de la Industria Textil del Ramo de Géneros de Punto. En acatamiento al artículo 411 de la Ley de la Materia ante la presencia de Francisco Luis Sáenz García Coordinador General de Conciliación Colectiva y Guillermo Rosales Vázquez, Director de Contratos Ley, se reunieron en las instalaciones del citado Centro Federal, los Delegados Obrero-Patronales acreditados para asistir a la Convención Revisora del Contrato Ley referido.
En uso de la voz el maestro Guillermo Rosales Vázquez, Director de Contratos Ley, leyó el Oficio CFCRL/DG/74/2024, en el que con fundamento en el artículo 411 de la Ley Federal del Trabajo el licenciado. Alfredo Domínguez Marrufo en su carácter de Titular del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, designó para presidir los trabajos de la Convención al licenciado Francisco Luis Sáenz García, Coordinador General de Conciliación Colectiva.
De inmediato en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 406 y 419 de la Ley Federal del Trabajo, la Convención procedió a designar a los Secretarios Escrutadores, para constatar si se encuentran representadas las dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados y patrones afectos al Contrato Ley de la Industria Textil del Ramo de Géneros de Punto, designándose por el Sector Obrero: C. Fidel Agustín Moreno García y por el Sector Patronal: Dra. Patricia Eugenia Flores Villalobos.
Con el objeto de que los escrutadores pudieran llevar a cabo el recuento de los presentes, se declaró un receso y al reanudarse la sesión, en uso de la palabra informaron que considerando el informe rendido por la Coordinación General de Registro de Asociaciones de este Centro Federal de fecha doce de agosto de dos mil veinticuatro y según las listas de asistencia, en este momento se encuentran presentes y representadas las personas que han sido acreditadas como Delegados Obreros y Patronales que constituyen más de las dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados y los patrones que tienen a su servicio a dichos trabajadores, por lo anterior, es procedente a la instalación de la Convención.
En uso de la palabra el C. FERMÍN LARA JIMÉNEZ en representación del Sector Obrero manifestó: Buenos días, muchas gracias, licenciado. Francisco Luis Saénz García, Coordinador General de Conciliación Colectiva y Guillermo Rosales Vázquez, Director de Contratos Ley, Dra. Patricia Eugenia Flores Villalobos, representante del sector patronal y compañeras y compañeros trabajadores, Lic. Francisco Luis Sáenz García le informo que están aquí presentes los integrantes de la Delegación por parte del Sector Obrero para la revisión salarial de este Contrato Ley del Ramo de Géneros de Punto; en tiempo y forma presentamos la solicitud de revisión, y solicitamos del apoyo de esta autoridad para lograr un acuerdo que llegue a satisfacer a las y los trabajadores, el interés que traemos como siempre de llegar a un arreglo satisfactorio que en cierta forma solicitamo
Fuente: Diario Oficial de la Federación. Para efectos legales, consulte el texto original.

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