CONVENIO Marco de Coordinación que celebran la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional del Agua, y el Estado de Querétaro, con el objeto de establecer las bases para que la Comisión otorgue recursos federales a
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CONVENIO Marco de Coordinación que celebran la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional del Agua, y el Estado de Querétaro, con el objeto de establecer las bases para que la Comisión otorgue recursos federales al estado bajo la figura de subsidios, al amparo de los programas: de cultura del agua, de infraestructura hidroagrícola y de agua potable, drenaje y tratamiento.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Medio Ambiente.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.- Comisión Nacional del Agua.
CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL PODER EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA, Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, CON EL OBJETO DE ESTABLECER LAS BASES PARA QUE LA "CONAGUA" OTORGUE RECURSOS FEDERALES A EL "PODER EJECUTIVO" BAJO LA FIGURA DE SUBSIDIOS, AL AMPARO DE LOS PROGRAMAS: DE CULTURA DEL AGUA, DE INFRAESTRUCTURA HIDROAGRÍCOLA Y DE AGUA POTABLE, DRENAJE Y TRATAMIENTO.
CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL PODER EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA, EN LO SUCESIVO LA "CONAGUA", REPRESENTADA POR SU DIRECTOR GENERAL, LIC. EFRAÍN MORALES LÓPEZ, Y POR LA OTRA EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN LO SUCESIVO EL "PODER EJECUTIVO", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, LIC. MAURICIO KURI GONZÁLEZ, CON LA ASISTENCIA DEL LIC. CARLOS ALBERTO ALCARAZ GUTIÉRREZ, SECRETARIO DE GOBIERNO, Y LA PARTICIPACIÓN DEL ING. ROSENDO ANAYA AGUILAR, SECRETARIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO Y DEL LIC. LUIS ALBERTO VEGA RICOY, VOCAL EJECUTIVO DE LA COMISIÓN ESTATAL DE AGUAS; QUIENES ACTUANDO EN FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ LAS "PARTES", CON EL OBJETO DE ESTABLECER LAS BASES PARA QUE LA "CONAGUA" OTORGUE RECURSOS FEDERALES AL "PODER EJECUTIVO" BAJO LA FIGURA DE SUBSIDIOS, AL AMPARO DE LOS PROGRAMAS: DE CULTURA DEL AGUA, DE INFRAESTRUCTURA HIDROAGRÍCOLA Y DE AGUA POTABLE, DRENAJE Y TRATAMIENTO, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4o párrafo octavo, que toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible; que el Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.
2. La Ley de Aguas Nacionales dispone que la autoridad y administración de las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes corresponde al Ejecutivo Federal, quien la ejerce directamente o a través de la "CONAGUA"; declara de utilidad pública la eficientización y modernización de los servicios de agua domésticos y públicos urbanos, para contribuir al mejoramiento de la salud y bienestar social; y de interés público el mejoramiento de las eficiencias y modernización de las áreas bajo riego, particularmente en distritos y unidades de riego, y establece como su atribución,