DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de lenguaje inclusivo y optimización de trámites y procedimientos parlamentarios
Texto oficial completo
DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de lenguaje inclusivo y optimización de trámites y procedimientos parlamentarios.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, DECRETA:
SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS, EN MATERIA DE LENGUAJE INCLUSIVO Y OPTIMIZACIÓN DE TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS PARLAMENTARIOS
Artículo Único.- Se reforman los artículos 2, numeral 1, fracciones XII y XIII; 66, numeral 1, fracción III; 183, numeral 1; 231, numeral 3; 233, numeral 1, fracción III; 312, numerales 2 y 3; y 313, numerales 1 y 2; se adiciona el numeral 7, al artículo 29 y se derogan los numerales 2, 3 y 4 del artículo 183, el artículo 185, y la fracción IV, numeral 1 y el numeral 2, del artículo 233 del Reglamento de la Cámara de Diputados, para quedar como sigue:
Artículo 2.
1. Para los efectos del presente Reglamento se entenderá por:
I. a XI. ...
XII. Presidencia: La Diputada o Diputado que preside la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados;
XIII. Presidencia de la Junta Directiva: La Diputada o Diputado que preside el órgano de dirección de la comisión o comité;
XIV. a XIX. ...
Artículo 29.
1. ...
2. ...
3. ...
4. ...
5. ...
6. ...
7. La Presidencia designará comisiones de cortesía, conformadas por una diputada o diputado, integrante de cada grupo parlamentario, que acompañarán a su entrada y salida, hasta la puerta exterior del Salón de Sesiones, a las diputadas y diputados que se presenten a rendir protesta, a servidoras y servidores públicos e invitadas o invitados especiales, que asistan a una sesión.
Artículo 66.
1. El procedimiento por el que la Mesa Directiva turnará los asuntos a la instancia respectiva, será el siguiente:
I. ...