ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación y mejora administrativa de trámites que se realizan ante la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
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ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación y mejora administrativa de trámites que se realizan ante la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Seguridad.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
MTRO. OMAR HAMID GARCÍA HARFUCH, Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25, párrafo décimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26, fracción V y 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 5, 8 fracción V, y 84 de la Ley General de Mejora Regulatoria; 1, 4, 5, 8, 12, 18, 20, 25, 26 y 32 de la Ley Federal de Seguridad Privada; 1, 2, 4, 19, 23, 25, 30, 32, 34 y 45 del Reglamento de la Ley Federal de Seguridad Privada; 6, fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, así como demás disposiciones aplicables, y
CONSIDERANDO
Que el último párrafo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que las autoridades de todos los órdenes de gobierno, en el ámbito de su competencia, deberán implementar políticas públicas de mejora regulatoria para la simplificación de regulaciones, trámites, servicios y demás objetivos que establezca la ley general en la materia;
Que la Ley General de Mejora Regulatoria establece que los trámites y servicios deberán respetar los principios de legalidad, reserva de ley, jerarquía normativa y todos aquellos que tiendan a los objetivos de dicho instrumento;
Que son objetivos de la política de mejora regulatoria simplificar y modernizar los trámites y servicios, mismos que podrán simplificados mediante acuerdos generales publicados en el medio de difusión correspondiente;
Que la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, tiene a su cargo, entre otras atribuciones, formular la Estrategia Nacional de Seguridad Pública y la propuesta de Programa Nacional de Seguridad Pública, dirigir la política de prevención social de las violencias y ejecutar las políticas, programas y acciones, así como el programa sectorial correspondiente, con el fin de coordinar la prevención del delito; proteger a la población ante todo tipo de amenazas y riesgos, con plena sujeción a los derechos humanos y libertades fundamentales; salvaguardar la integridad y los derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos; de conformidad con el artículo 30 Bis, fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;
Que la Dirección General de Seguridad Privada, es una unidad administrativa de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, la cual se encarga, entre otras cosas, de regular los servicios de seguridad privada a cargo de particulares en la República Mexicana, conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Seguridad Privada, su Reglamento y demás disposiciones aplicables;
Que, para la regulación de la prestación de servicios de seguridad privada, cuando estos se presten en dos o más entidades federativas, en las modalidades previstas en la Ley Federal de Seguridad Privada y su Reglamento, la Dirección General de Seguridad Privada, prevé diversos trámites administrativos inherentes a la autorización, revalidación o modificación del permiso otorgado a las prestadoras del servicio de seguridad privada, y
Por lo anterior, y con el propósito de implementar las acciones de simplificación y mejora administrativa de trámites, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ACCIONES DE SIMPLIFICACIÓN Y MEJORA ADMINISTRATIVA DE
TRÁMITES QUE SE REALIZAN ANTE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA.
TRÁMITES QUE SE REALIZAN ANTE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA.
Artículo primero.- Se eliminan los requisitos de los trámites que se enlistan a continuación:
| No. | HOMOCLAVE DEL TRÁMITE |