RESOLUCIÓN por la que se autoriza el incremento de operación en el Aeropuerto Internacional "Benito Juárez" de la Ciudad de México
Texto oficial completo
RESOLUCIÓN por la que se autoriza el incremento de operación en el Aeropuerto Internacional "Benito Juárez" de la Ciudad de México.
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice, Estados Unidos Mexicanos.- Comunicaciones.- Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.- Agencia Federal de Aviación Civil.- Dirección General.- No. de Oficio 4.1.959.- Expediente: DEC/AICM/2025/AFAC.
SE EMITE RESOLUCIÓN POR LA QUE SE AUTORIZA EL INCREMENTO DE OPERACIÓN EN EL AEROPUERTO INTERNACIONAL "BENITO JUÁREZ" DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Almirante Juan José Padilla Olmos
Director General del Aeropuerto Internacional de la
Ciudad de México, S.A. de C.V.
Av. Capitán Carlos León S/N, Colonia Peñón de los Baños,
C.P. 15620, Alcaldía Venustiano Carranza, Ciudad de México.
Vistos los autos para resolver el expediente citado al rubro, y con fundamento en los artículos 1º párrafo segundo, 2º fracción I, 14, 16, 17, 26 fracción XII, 36 fracciones I y V de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2° fracción II y 3° fracción XIII de la Ley de Vías Generales de Comunicación; 1, 2, fracción VII y XXVIII, 6 Bis fracciones XIII, XXXVII, XXXIX, XLVII y LI, y 78 Bis 2 fracción IV de la Ley de Aviación Civil; 1, 2 fracción VI, 3, 4 fracciones I, II, III y IV , 6 Bis fracciones II y XXI, 9, 46, y 53 párrafo primero, 63 de la Ley de Aeropuertos; 1, 2, 3 fracción XIV, 13, 16 fracción X, 35 fracción II, 49 y 57 fracción I de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 21 y 29-A del Reglamento de la Ley de Aviación Civil; 30, 70, 94, 100 fracciones I y II y 101 del Reglamento de la Ley de Aeropuertos; 3, apartado C, fracción I, 9, 10 fracciones X y XXXVII, 31, 33 y 34 del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes; 3 fracciones II, III, XXIX, XLVI, 4, 5, del Decreto por el que se crea el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, denominado Agencia Federal de Aviación Civil; y el numeral 9.1 fracciones X, XIV y XXXVIII del Manual de Organización General de la Agencia Federal de Aviación Civil, se emite resolución a la solicitud de incremento de operaciones realizada por el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V. ("EL CONCESIONARIO") de conformidad con los siguientes:
RESULTANDOS
I. El 29 de septiembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Declaratoria de saturación en el campo aéreo del Aeropuerto Internacional "Benito Juárez" de la Ciudad de México (AICM).
II. Mediante RESOLUCIÓN publicada en el DOF el 3 de marzo de 2022, se declaró la saturación de los edificios terminales del AICM.
III. El 31 de agosto de 2023, se publicó en el DOF la resolución de 25 de agosto de 2023, por la que esta Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) determinó, de conformidad con el artículo 94 del Reglamento de la Ley de Aeropuertos, un número máximo de 43 operaciones, de aterrizajes y despegues que pueden ser atendidos en cada hora en el AICM, conforme a las limitaciones del espacio aéreo determinadas por Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano (SENEAM), de forma temporal y en tanto subsistan las condiciones que la motivaron.