ACUERDOque modifica el similar por el que se establece veda temporal para el aprovechamiento de almejagenerosa (Panopea globosa) en Bahía Magdalena, Baja California Sur, publicado el 16 de abril de 2021.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Agricultura.- Secretaría deAgricultura y Desarrollo Rural.
JULIO ANTONIO BERDEGUÉ SACRISTÁN, Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, con fundamentoen los artículos 26 fracción XI y 35, fracciones XXI y XXVI, de la Ley Orgánica de la Administración PúblicaFederal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 4 y 9 de la Ley de Planeación; 1, 4, fracciónXLVII, 8, fracciones I, III, V, IX, XII, XIX, XXII, XXIII, XXXIX, XL y XLII; 10, 17, 29 fracciones I, II y XII; 72segundo párrafo; 75, 76, 77, 124, 125, 132 fracción XIX, 133, 137 fracción I; 138 fracción IV, 140, 141, 142,143 y 144 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables; 1; 2, inciso B, fracción II; 3; 5, fraccionesXXIII y XXV; 45 y Séptimo Transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y DesarrolloRural, publicado el 31 de diciembre de 2025, en correlación a lo establecido en el artículo Octavo Transitoriodel Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, publicado el 03 de mayo de 2021,en correlación con el artículo Octavo Transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura,Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 deabril de 2012, el cual hace alusión a las atribuciones de dicha Comisión, previstas en los artículos 37 al 60 delReglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación,publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de julio de 2001; Primero, Segundo y Tercero del Decretopor el que se establece la organización y funcionamiento del organismo descentralizado denominado InstitutoNacional de Pesca, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1º de julio de 2013; de conformidad conla "Norma Oficial Mexicana NOM-009-SAG/PESC-2015, que establece el procedimiento para determinar lasépocas y zonas de veda para la captura de las diferentes especies de la flora y fauna acuáticas, en aguasdejurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos", publicada en el Diario Oficial de la Federaciónel 12 defebrero de 2016, de conformidad con el numeral 4.13 de la "Norma Oficial MexicanaNOM-014-SAG/PESC-2015, Especificaciones para regular el aprovechamiento de almeja generosa (Panopea generosa y Panopeaglobosa) en aguas de jurisdicción federal del litoral del Océano Pacífico y Golfo de California", publicada en elDiario Oficial de la Federación el25 de junio de 2015y
CONSIDERANDO
Que es facultad de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la Comisión Nacional deAcuacultura y Pesca (CONAPESCA), administrar y regular el uso, así como promover el aprovechamientosustentable de los recursos de la flora y fauna acuáticas, ordenando las actividades de las personas queintervienen en ella y estableciendo las condiciones en que deberán realizarse las operaciones pesqueras;
Que la pesquería de almeja generosa (Panopea globosa), conocida también como "chiluda" o "almeja desifón", es de notable importancia al tratarse de un recurso de alto valor comercial y demanda en el mercadointernacional, siendo Hong Kong y Estados Unidos de América sus principales destinos;
Que el 16 de abril de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que seestablece veda temporal para el aprovechamiento de Almeja Generosa (Panopea globosa) en BahíaMagdalena, Baja California Sur", instrumento mediante el cual se estableció la veda para esa especie en elperíodo comprendido del 16 de abril al 30 de abril del año 2021 y del 25 de enero al 30 de abril en los añossubsecuentes;
Que la "Norma Oficial Mexicana NOM-014-SAG/PESC-2015, Especificaciones para regular elaprovechamiento de almeja generosa (Panopea generosa y Panopea globosa) en aguas de jurisdicciónfederal del litoral del Océano Pacífico y Golfo de California", publicada en el Diario Oficial de la Federación el25 de junio de 2015, establece en su numeral 4.13 que la Secretaría, mediante Acuerdos que se publicarán enel Diario Oficial de la Federación, dará a conocer con la debida anticipación las fechas de inicio y término delas vedas, con base en el procedimiento establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-009-PESC-1993,publicada el 4 de marzo de 1994;
Que la veda es una medida de manejo con enfoque precautorio, encaminada a inducir la sustentabilidaden el aprovechamiento de los recursos pesqueros, particularmente aquellos de alto valor comercial que selocalizan en zonas o regiones específicas;
Que en el mes de mayo de 2025, productores pesqueros del municipio de Comondú, B.C.S. dedicados alaprovechamiento de almeja generosa (Panopea globosa) solicitaron que en el 2026 y años subsecuentes laveda para dicho recurso se aplique en el periodo comprendido del 10 de febrero al 30 de abril de cada año;
Que el Instituto Mexicano de Investigación en Pesca y Acuacultura Sustentables (IMIPAS) por conducto dela Dirección de Investigación Pesquera en el Pacífico, mediante el dictamen técnico No. RJL-IMIPAS-DIPP-1182-2025, de fecha 27 de octubre de 2025, manifestó no existir inconveniente de orden técnico paramodificar el periodo de veda para Panopea globosa en Bahía Magdalena, Baja California Sur establecidooriginalmente del 25 de enero al 30 de abril, para quedar del 10 de febrero al 30 de abril de 2026 y añossubsiguientes.
Que en consecuencia, fundándose las presentes disposiciones en razones de orden técnico y de interéspúblico, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO QUE MODIFICA EL SIMILAR POR EL QUE SE ESTABLECE VEDATEMPORAL PARA EL
APROVECHAMIENTO DE ALMEJA GENEROSA (Panopea globosa)EN BAHÍA MAGDALENA, BAJA
CALIFORNIA SUR, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIALDE LA FEDERACIÓN EL 16 DE ABRIL DE 2021
ARTÍCULO ÚNICO.- La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural a través de la CONAPESCA y conbase en el Dictamen Técnico del IMIPAS, modifica el Artículo Primero del "Acuerdo por el que se estableceveda temporal para el aprovechamiento de almeja generosa (Panopea globosa) en Bahía Magdalena, BajaCalifornia Sur", publicado el 16 de abril de 2021, para quedar como sigue:
"ARTÍCULO PRIMERO.- La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la CONAPESCA ycon base en el Dictamen Técnico del IMIPAS, establece veda temporal para el aprovechamiento de almejagenerosa (Panopea globosa) en Bahía Magdalena, Baja California Sur, del 10 de febrero al 30 de abril de2026 y años subsecuentes".
ARTÍCULO SEGUNDO A ARTÍCULO SEXTO.- [...]"
TRANSITORIOS
ARTÍCULO ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de laFederación.
Ciudad de México, a 13 de enero de 2026.- El Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, Julio AntonioBerdegué Sacristán.- Rúbrica.