jueves, 12 de marzo de 2026

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ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior

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Se publicó "ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior". Dar a conocer las reglas que establecen disposiciones de carácter general en materia de comercio exterior y los criterios necesarios para el cumplimiento de las leyes, acuerdos o tratados comer. Esta disposición fue publ...

Modifica: el diverso por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en mat
Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
⚠️

Importadores, exportadores y agentes aduanales

Empresas exportadoras y el sector productivo nacional

👍
Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
Puede fomentar la competitividad del sector
👎
Impone nuevas obligaciones que pueden representar costos de cumplimiento
Podría generar carga regulatoria adicional para el sector afectado

Análisis generado por IA con fines informativos

🔍

Esta publicación se enmarca en Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que es el ordenamiento principal que regula la materia. Se trata de una modificación al marco normativo vigente, lo que indica una actualización regulatoria que responde a cambios en el contexto social, económico o institucional del país.

ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior

ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 34, fracciones I y XXXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 4o., fracción III, 5o., fracciones III, V, X, XI y XII, 17 y 20 de la Ley de Comercio Exterior; 21 y 22 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior, y 5, fracción XVII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 5o., fracción XII, de la Ley de Comercio Exterior faculta a la Secretaría de Economía para emitir reglas que establezcan disposiciones de carácter general en el ámbito de su competencia, así como los criterios necesarios para el cumplimiento de las leyes, acuerdos o tratados comerciales internacionales, decretos, reglamentos, acuerdos y demás ordenamientos generales de su competencia;
Que el artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo dispone que los actos administrativos de carácter general que tengan por objeto establecer obligaciones específicas cuando no existan condiciones de competencia y cualesquiera de naturaleza análoga, que expidan las dependencias de la administración pública federal deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF);
Que el 9 de mayo de 2022, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior (Acuerdo de Reglas), modificado mediante diversos publicados en el mismo órgano de difusión oficial el 10 de octubre y 25 de noviembre de 2022; 13 de enero, 16 de agosto y 27 de octubre de 2023, 22 de marzo, 15 de abril, 28 de agosto y 24 de septiembre de 2024 y 2 de septiembre de 2025, el cual tiene por objeto dar a conocer las reglas que establecen disposiciones de carácter general en materia de comercio exterior y los criterios necesarios para el cumplimiento de las leyes, acuerdos o tratados comerciales internacionales, reglamentos, decretos, acuerdos y demás ordenamientos generales, en el ámbito de competencia de la Secretaría de Economía, agrupándolas de manera que faciliten al usuario su aplicación;
Que es obligación del Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Economía, propiciar un escenario de certidumbre jurídica en el que se desarrolle la actuación de los diferentes agentes económicos involucrados en el comercio exterior, así como contar con reglas claras y precisas para la aplicación de los instrumentos que regulan el comercio exterior e incorporar aquellas disposiciones necesarias para la aplicación del Acuerdo de Reglas;
Que la industria siderúrgica constituye un sector estratégico para el desarrollo económico nacional, al participar de manera transversal en cadenas de valor fundamentales como las industrias automotrices, de la construcción y electrónica, así como por su relevancia en el fortalecimiento del mercado interno y el empleo formal;
Que derivado de la imposición de medidas unilaterales por parte del gobierno de los Estados Unidos de América desde el año 2018, mediante la aplicación de aranceles al amparo de la Sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962, el comercio internacional de productos siderúrgicos se ha visto sometido a un mayor escrutinio, en particular respecto de la trazabilidad del acero y el posible desvío o triangulación de origen;
Que, a efecto de atender los compromisos internacionales asumidos por el Estado mexicano, así como fortalecer los mecanismos de control y supervisión sobre las importaciones de productos siderúrgicos, la Secretaría de Economía ha mantenido una política de evaluación continua y mejora regulatoria en el marco del esquema de Avisos Automáticos de Importación de Productos Siderúrgicos (AAIPS);
Que mediante publicación en el DOF el 15 de abril de 2024, se reformaron las Reglas 2.2.19 y 2.2.26, el Anexo 2.2.1, numerales 8, fracción II, y 10, párrafo séptimo, y el Anexo 2.2.2, numeral 7, fracción II del Acuerdo de Reglas, a fin de adicionar 72 fracciones arancelarias y establecer como requisito para el otorgamiento de AAIPS la presentación del Certificado de Molino y/o de Calidad;