jueves, 12 de marzo de 2026

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ACUERDO por el que se adscriben orgánicamente las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados de la Secretaría de Cultura

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Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
⚠️

Dependencias gubernamentales, sector privado regulado y ciudadanía en general

Sectores regulados que obtengan certeza jurídica con estas disposiciones

👍
Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
Puede fomentar la competitividad del sector
👎
Su implementación requiere difusión adecuada para asegurar el conocimiento de los obligados
Podría requerir regulación secundaria para su correcta aplicación

Análisis generado por IA con fines informativos

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ACUERDO por el que se adscriben orgánicamente las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados de la Secretaría de Cultura

ACUERDO por el que se adscriben orgánicamente las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados de la Secretaría de Cultura.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- CULTURA.- Secretaría de Cultura.

CLAUDIA STELLA CURIEL DE ICAZA, Secretaria de Cultura, con fundamento en los artículos 14, 16, 17, 26 fracción XIX y 41 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 2, 5, fracciones XXI y XXVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece, entre otros, que los titulares de las Secretarías de Estado podrán adscribir orgánicamente las unidades administrativas establecidas en el Reglamento Interior respectivo, a las subsecretarías y a las otras unidades de nivel administrativo equivalente que se precisen en el mismo ordenamiento en cuyo caso deberá publicarse mediante Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación;
Que el 22 de julio de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se expide el Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura, el cual abroga el Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de noviembre de 2016 y establece la organización y funcionamiento de la Secretaría, así como determinar la competencia, estructura y atribuciones de sus unidades administrativas
Que el artículo 5 fracción XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura dispone que, es facultad indelegable de la persona titular de esta Dependencia, aprobar la organización y funcionamiento de la Secretaría, así como adscribir las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de dicha Secretaría.
Que a fin de armonizar la organización de su estructura orgánica de esta Secretaría de Cultura he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ADSCRIBEN ORGÁNICAMENTE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y
ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS DE LA SECRETARÍA DE CULTURA
Artículo Único.- Se adscriben orgánicamente las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos desconcentrados de la Secretaría de Cultura que se mencionan, en la forma siguiente:
I. A la persona Titular de la Secretaría.
A. Unidades Administrativas:
1. Unidad de Asuntos Jurídicos.
2. Unidad de Culturas Vivas, Patrimonio Inmaterial e Interculturalidad.
B. Órganos Administrativos Desconcentrados:
1. Instituto Nacional de Antropología e Historia.
2. Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura.
3. Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México.
4. Instituto Nacional del Derecho de Autor.
5. Radio Educación.
II. A la persona Titular de la Subsecretaría de Desarrollo Cultural.
1. Dirección General de Bibliotecas.
2. Dirección General de Sistema de Apoyos a la Creación y Proyectos Culturales.
3. Dirección General de Circuitos y Festivales.
4. Dirección General de Vinculación Cultural.
5. Dirección General de Sitios y Monumentos del Patrimonio Cultural.
III. A la persona Titular de la Unidad de Culturas Vivas, Patrimonio Inmaterial e Interculturalidad.
1. Dirección General de Acción Territorial y Promoción Comunitaria.
2. Dirección General Técnica y de Investigación de las Culturas Populares.