RESOLUCIÓN de facilidades administrativas para los contribuyentes de los sectores que en la misma se señalan para 2026
Resumen generado por IA
Se publicó en el DOF: "RESOLUCIÓN de facilidades administrativas para los contribuyentes de los sectores que en la misma se señalan para 2026". Sector de Autotransporte Terrestre de Carga Federal. Sector de Autotransporte Terrestre Foráneo de Pasaje y Turismo.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
⚠️
Afecta a
Contribuyentes, contadores y asesores fiscales
✅
Beneficia a
Contribuyentes que califiquen para los beneficios o estímulos fiscales establecidos
👍 Pros
● Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
● Moderniza el marco regulatorio existente
👎 Contras
● Impone nuevas obligaciones que pueden representar costos de cumplimiento
● El impacto real dependerá de la efectividad en su implementación y vigilancia
Análisis generado por IA con fines informativos
🔍 Investigación y contexto
Esta publicación se enmarca en Ley del Servicio de Administraci, que es el ordenamiento principal que regula la materia.
Texto oficial completo
RESOLUCIÓN de facilidades administrativas para los contribuyentes de los sectores que en la misma se señalan para 2026.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.
RESOLUCIÓN DE FACILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA LOS CONTRIBUYENTES DE LOS SECTORES QUE EN LA MISMA SE SEÑALAN PARA 2026
El Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación; 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria; 8 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria y 77 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, y
Considerando
Que la Ley del Impuesto sobre la Renta establece regímenes de base de efectivo, aplicables a los contribuyentes de los sectores primario y de autotransporte de carga y de pasajeros;
Que el Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en las facultades que le fueron conferidas por el Congreso de la Unión para establecer reglas de carácter general, considera necesario otorgar para el ejercicio fiscal 2026 a los referidos contribuyentes, facilidades administrativas y de comprobación, a fin de simplificar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Asimismo, durante el ejercicio fiscal 2026 continuará publicando folletos y llevará a cabo talleres, con el objeto de que estos contribuyentes, mediante ejemplos prácticos y situaciones precisas, puedan conocer sus obligaciones fiscales y la forma de cumplirlas;
Que este órgano desconcentrado, por medio de sus servicios de orientación, informará y resolverá las dudas que formulen los contribuyentes de los sectores a que se refiere la presente Resolución, conforme al desarrollo de sus actividades, a efecto de que los mismos puedan cumplir adecuadamente con sus obligaciones fiscales, y
Que la atención de las características operativas propias de dichos contribuyentes, requiere que este órgano expida la siguiente:
RESOLUCIÓN DE FACILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA LOS CONTRIBUYENTES DE LOS
SECTORES QUE EN LA MISMA SE SEÑALAN PARA 2026
SECTORES QUE EN LA MISMA SE SEÑALAN PARA 2026
Contenido
Título 1. Sector Primario.
Título 2. Sector de Autotransporte Terrestre de Carga Federal.
Título 3. Sector de Autotransporte Terrestre Foráneo de Pasaje y Turismo.
Título 4. Sector de Autotransporte Terrestre de Carga de Materiales y Autotransporte Terrestre de Pasajeros Urbano y Suburbano.
Glosario
Para los efectos de la presente Resolución, se entiende por:
1. CFDI, el Comprobante Fiscal Digital por Internet o Factura Electrónica.
2. CFF, el Código Fiscal de la Federación.
3. CURP, la Clave Única de Registro de Población a 18 posiciones.
4. DOF, el Diario Oficial de la Federación.
5. IMSS, el Instituto Mexicano del Seguro Social.