jueves, 12 de marzo de 2026

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SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Controversia Constitucional 56/2025, así como el Voto Concurrente del señor Ministro Irving Espinosa Betanzo

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El Poder Judicial publicó una resolución judicial sobre dictada por el tribunal pleno de la suprema corte de justicia de la nación en la controversia constitucional 56/2025, así como el voto c. Esta decisión sienta precedente legal y puede afectar la interpretación de normas vigentes.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
⚠️

Contribuyentes, contadores y asesores fiscales

Partes que obtuvieron resolución favorable y el estado de derecho en general

👍
Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
Puede fomentar la competitividad del sector
👎
Podría generar carga regulatoria adicional para el sector afectado
El impacto real dependerá de la efectividad en su implementación y vigilancia

Análisis generado por IA con fines informativos

🔍

Esta publicación se enmarca en Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit para el Ejercicio Fiscal de, que es el ordenamiento principal que regula la materia. Las resoluciones judiciales publicadas en el DOF pueden establecer jurisprudencia obligatoria o tesis aisladas que orientan la interpretación del derecho en México.

SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Controversia Constitucional 56/2025, así como el Voto Concurrente del señor Ministro Irving Espinosa Betanzo

SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Controversia Constitucional 56/2025, así como el Voto Concurrente del señor Ministro Irving Espinosa Betanzo.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 56/2025
ACTOR: PODER EJECUTIVO FEDERAL
Visto Bueno
Sra. Ministra
MINISTRA PONENTE: MARÍA ESTELA RÍOS GONZÁLEZ
Cotejó:
SECRETARIO: EDUARDO MANUEL MÉNDEZ SÁNCHEZ
COLABORÓ: ALEJANDRO DANIEL GONZÁLEZ NERI
ÍNDICE
 
APARTADO
CRITERIO Y DECISIÓN
PÁGS.
I.
COMPETENCIA.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer de la presente controversia constitucional.
7
II.
PRECISIÓN DE LAS NORMAS IMPUGNADAS.
La norma impugnada es el artículo 29, fracción XXX, numeral 1, inciso A), de la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit para el Ejercicio Fiscal de 2025, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Nayarit el veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro.
7-8
III.
Fuente: Diario Oficial de la Federación. Para efectos legales, consulte el texto original.

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