ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos de Operación para el Programa Presupuestario E034 Servicios de Protección y Asistencia Social Integral para el ejercicio fiscal 2026
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Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
⚠️
Afecta a
Contribuyentes, contadores y asesores fiscales
✅
Beneficia a
Pacientes y usuarios del sistema de salud público
👍 Pros
● Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
● Fortalece la transparencia y la rendición de cuentas
● Puede fomentar la competitividad del sector
👎 Contras
● Impone nuevas obligaciones que pueden representar costos de cumplimiento
● El impacto real dependerá de la efectividad en su implementación y vigilancia
Análisis generado por IA con fines informativos
🔍 Investigación y contexto
Esta publicación se enmarca en Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que es el ordenamiento principal que regula la materia.
Texto oficial completo
ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos de Operación para el Programa Presupuestario E034 Servicios de Protección y Asistencia Social Integral para el ejercicio fiscal 2026.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Salud.- Secretaría de Salud.
DAVID KERSHENOBICH STALNIKOWITZ, Secretario de Salud, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 6 y 7 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 8 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 3, fracción XXII y 27 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026, así como 3 y 4, apartado D, fracción III, 6, párrafo primero y 7, fracciones XVII y XXXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y
CONSIDERANDO
Que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia con fundamento en lo establecido en los artículos 1o. y 4º párrafos cuarto y décimo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en los tratados y acuerdos internacionales suscritos por el Estado Mexicano, entre los que destacan la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; 24, fracción III y 172 de la Ley General de Salud; 3º de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, al 4º, 14, 28 y 29 de la Ley de Asistencia Social ; 29 de la Ley de Migración, así como al 2º fracciones III y IV del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia , conforme a sus respectivos ámbitos de competencia, tiene a su cargo la implementación de políticas y la coordinación de programas de asistencia social, orientados a la prevención y atención de sujetos de la asistencia social y personas en situación de vulnerabilidad, la restitución de derechos de Niñas, Niños y Adolescentes , la atención a personas con discapacidad y a personas en contexto de movilidad humana.
Que el Programa presupuestario E034 Servicios de Protección y Asistencia Social Integral, fortalece el modelo integral de atención social; impulsa acciones que permiten el acceso efectivo a servicios especializados, esquemas de atención diferenciada y mecanismos de coordinación interinstitucional en materia de asistencia social, lo cual mejorará la red pública de protección social. Asimismo, contribuye a consolidar rutas de restitución de derechos, redes comunitarias de apoyo y programas preventivos orientados a erradicar prácticas discriminatorias, violencias estructurales y condiciones de abandono.
Que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, en cumplimiento a la Ley de Asistencia Social, implementa políticas que desempeñan un papel clave en la coordinación de acciones para brindar asistencia social, así como en la definición y conducción de la política pública en esta materia. En su carácter de promotor y coordinador del Sistema Nacional de Asistencia Social, orienta sus actividades hacia la prevención y atención de las causas que generan la vulnerabilidad social, a través de la atención integral a niñas, niños y adolescentes en desamparo, en contexto de migración, la atención de adultos mayores sujetos de asistencia social, la operación de campamentos recreativos y el acompañamiento a instituciones con convenio de concertación para otorgar el apoyo de Acogimiento Residencial Integral, proyectos para personas en situación de vulnerabilidad, programas para la restitución de derechos a Niñas, Niños y Adolescentes y prestación de servicios de rehabilitación integral a personas con discapacidad o en riesgo de desarrollarla, en sus 21 centros de rehabilitación.
Que se integra a este nuevo programa la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública como parte de dicha estrategia, al brindar apoyos en especie, a personas en situación de vulnerabilidad, con problemas de salud de escasos recursos y sin cobertura específica de seguridad social, a través de sinergias con instituciones públicas de salud que lo soliciten, (hospitales federales, estatales y municipales y de asistencia social) contribuyendo con estas acciones a mejorar la calidad de vida de la población en situación de vulnerabilidad.
Que el presente Programa no se contrapone, afecta o presenta duplicidad con otros programas y acciones del Gobierno Federal en cuanto a diseño, beneficios, apoyos otorgados y población objetivo y de conformidad con los principios administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados conforme establece el artículo 134 Constitucional y se encuentra alineado al Plan Nacional de Desarrollo, al Programa Sectorial de Salud 2025-2030 y demás programas