jueves, 12 de marzo de 2026

DOF Noticias

Diario Oficial de la Federación

ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos de Operación para el Programa Presupuestario E034 Servicios de Protección y Asistencia Social Integral para el ejercicio fiscal 2026

4 lecturas

generado por IA

Se publicó "ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos de Operación para el Programa Presupuestario E034 Servicios de Protección y Asistencia Social Integral para el ejercicio fiscal 2026". Emiten los Lineamientos de Operación para el Programa Presupuestario E034 Servicios de Protección y Asistencia Social Integral para el ejercicio fiscal 2026 .ANOTACION {text-indent:0.0pt. Es...

Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
⚠️

Contribuyentes, contadores y asesores fiscales

Pacientes y usuarios del sistema de salud público

👍
Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
Fortalece la transparencia y la rendición de cuentas
Puede fomentar la competitividad del sector
👎
Impone nuevas obligaciones que pueden representar costos de cumplimiento
El impacto real dependerá de la efectividad en su implementación y vigilancia

Análisis generado por IA con fines informativos

🔍

Esta publicación se enmarca en Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que es el ordenamiento principal que regula la materia.

ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos de Operación para el Programa Presupuestario E034 Servicios de Protección y Asistencia Social Integral para el ejercicio fiscal 2026

ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos de Operación para el Programa Presupuestario E034 Servicios de Protección y Asistencia Social Integral para el ejercicio fiscal 2026.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Salud.- Secretaría de Salud.

DAVID KERSHENOBICH STALNIKOWITZ, Secretario de Salud, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 6 y 7 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 8 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 3, fracción XXII y 27 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026, así como 3 y 4, apartado D, fracción III, 6, párrafo primero y 7, fracciones XVII y XXXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y
CONSIDERANDO
Que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia con fundamento en lo establecido en los artículos 1o. y 4º párrafos cuarto y décimo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en los tratados y acuerdos internacionales suscritos por el Estado Mexicano, entre los que destacan la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; 24, fracción III y 172 de la Ley General de Salud; 3º de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, al 4º, 14, 28 y 29 de la Ley de Asistencia Social ; 29 de la Ley de Migración, así como al 2º fracciones III y IV del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia , conforme a sus respectivos ámbitos de competencia, tiene a su cargo la implementación de políticas y la coordinación de programas de asistencia social, orientados a la prevención y atención de sujetos de la asistencia social y personas en situación de vulnerabilidad, la restitución de derechos de Niñas, Niños y Adolescentes , la atención a personas con discapacidad y a personas en contexto de movilidad humana.
Que el Programa presupuestario E034 Servicios de Protección y Asistencia Social Integral, fortalece el modelo integral de atención social; impulsa acciones que permiten el acceso efectivo a servicios especializados, esquemas de atención diferenciada y mecanismos de coordinación interinstitucional en materia de asistencia social, lo cual mejorará la red pública de protección social. Asimismo, contribuye a consolidar rutas de restitución de derechos, redes comunitarias de apoyo y programas preventivos orientados a erradicar prácticas discriminatorias, violencias estructurales y condiciones de abandono.
Que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, en cumplimiento a la Ley de Asistencia Social, implementa políticas que desempeñan un papel clave en la coordinación de acciones para brindar asistencia social, así como en la definición y conducción de la política pública en esta materia. En su carácter de promotor y coordinador del Sistema Nacional de Asistencia Social, orienta sus actividades hacia la prevención y atención de las causas que generan la vulnerabilidad social, a través de la atención integral a niñas, niños y adolescentes en desamparo, en contexto de migración, la atención de adultos mayores sujetos de asistencia social, la operación de campamentos recreativos y el acompañamiento a instituciones con convenio de concertación para otorgar el apoyo de Acogimiento Residencial Integral, proyectos para personas en situación de vulnerabilidad, programas para la restitución de derechos a Niñas, Niños y Adolescentes y prestación de servicios de rehabilitación integral a personas con discapacidad o en riesgo de desarrollarla, en sus 21 centros de rehabilitación.
Que se integra a este nuevo programa la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública como parte de dicha estrategia, al brindar apoyos en especie, a personas en situación de vulnerabilidad, con problemas de salud de escasos recursos y sin cobertura específica de seguridad social, a través de sinergias con instituciones públicas de salud que lo soliciten, (hospitales federales, estatales y municipales y de asistencia social) contribuyendo con estas acciones a mejorar la calidad de vida de la población en situación de vulnerabilidad.
Que el presente Programa no se contrapone, afecta o presenta duplicidad con otros programas y acciones del Gobierno Federal en cuanto a diseño, beneficios, apoyos otorgados y población objetivo y de conformidad con los principios administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados conforme establece el artículo 134 Constitucional y se encuentra alineado al Plan Nacional de Desarrollo, al Programa Sectorial de Salud 2025-2030 y demás programas