ACUERDO que establece las Normas Administrativas aplicables a las obras públicas y los servicios relacionados con las mismas, en la Auditoría Superior de la Federación
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El Diario Oficial de la Federación publicó "ACUERDO que establece las Normas Administrativas aplicables a las obras públicas y los servicios relacionados con las mismas, en la Auditoría Superior de la Federación". Esta publicación establece disposiciones oficiales que entran en vigor conforme a los plazos señalados en el documento.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
⚠️
Afecta a
Dependencias gubernamentales, sector privado regulado y ciudadanía en general
✅
Beneficia a
Ciudadanía en general al fortalecer la rendición de cuentas
👍Pros
●Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
●Fortalece la transparencia y la rendición de cuentas
👎Contras
●Su implementación requiere difusión adecuada para asegurar el conocimiento de los obligados
●Podría requerir regulación secundaria para su correcta aplicación
Análisis generado por IA con fines informativos
🔍Investigación y contexto
Esta publicación se enmarca en Ley de Fiscalizaci, que es el ordenamiento principal que regula la materia.
Texto oficial completo
ACUERDO que establece las Normas Administrativas aplicables a las obras públicas y los servicios relacionados con las mismas, en la Auditoría Superior de la Federación
ACUERDOque establece las Normas Administrativas aplicables a las obras públicas y los servicios relacionadoscon las mismas, en la Auditoría Superior de la Federación.
Al margen un logotipo, que dice: Auditoría Superior de la Federación.- Cámara de Diputados.
ACUERDO QUE ESTABLECE LAS NORMAS ADMINISTRATIVAS APLICABLES A LAS OBRAS PÚBLICAS Y LOSSERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, EN LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que los recursos económicos deque disponga el Gobierno Federal se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia yhonradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
Que las obras públicas y los servicios relacionados con las mismas que realicen se adjudicarán o llevarána cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública, para que libremente se presentenproposiciones solventes en sobre cerrado y sellado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar alEstado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demáscircunstancias pertinentes.
Que la misma Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos considera que cuando laslicitaciones públicas no sean idóneas para asegurar dichas condiciones, las leyes establecerán las bases,procedimientos, reglas, requisitos y demás elementos para acreditar la economía, eficacia, eficiencia,imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado.
Que de conformidad con el artículo 1, párrafo segundo de la Ley de Obras Públicas y ServiciosRelacionados con las Mismas, reglamentaria del artículo 134 Constitucional, las personas de derecho públicode carácter federal con autonomía derivada de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, asícomo las entidades que cuenten con un régimen específico en materia de obras públicas y los serviciosrelacionados con las mismas, aplicarán los criterios y procedimientos previstos en esa Ley, sólo en lo noprevisto en los ordenamientos que los rigen y siempre que no se contrapongan con los mismos.
Que la Auditoría Superior de la Federación, en términos de lo dispuesto por los artículos 79 Constitucionaly 4, fracciones I, III y IV de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, es el órganotécnico de fiscalización de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, que cuenta con autonomíatécnica y de gestión para decidir sobre su organización interna, estructura, funcionamiento y resoluciones,asimismo, y de acuerdo con lo señalado por el artículo 98 de la misma Ley, ejerce autónomamente supresupuesto aprobado, con sujeción a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, elPresupuesto de Egresos de la Federación correspondiente y las demás disposiciones que resulten aplicables.
Que en términos de lo dispuesto por los artículos 89, fracciones III y XXXIII de la Ley de Fiscalización yRendición de Cuentas de la Federación y 7º, fracción II, del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de laFederación, el Titular de la Auditoría Superior de la Federación debe administrar los bienes y recursos, asícomo resolver sobre la contratación de las obras públicas y servicios relacionados con las mismas de laAuditoría Superior de la Federación, sujetándose a lo dispuesto en el artículo 134 Constitucional y a sus leyesreglamentarias.
Por lo anteriormente expuesto, se ha tenido a bien expedir el Acuerdo siguiente, denominado:
ACUERDO QUE ESTABLECE LAS NORMAS ADMINISTRATIVAS APLICABLESA LAS OBRAS PÚBLICASY LOS SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS,EN LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN
Sección Primera
Disposiciones Generales
Artículo 1.- Este Acuerdo tiene por objeto regular las obras públicas y los servicios relacionados con lasmismas, así como las acciones relativas a la planeación, programación, presupue
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