jueves, 12 de marzo de 2026

DOF Noticias

Diario Oficial de la Federación

PROGRAMA Nacional de Infraestructura de la Calidad 2026

4 lecturas

generado por IA

El Diario Oficial de la Federación publicó "PROGRAMA Nacional de Infraestructura de la Calidad 2026". Esta publicación establece disposiciones oficiales que entran en vigor conforme a los plazos señalados en el documento.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
⚠️

Dependencias de gobierno, sector privado y ciudadanía en general

Comunidades beneficiarias y empresas constructoras

👍
Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
Puede fomentar la competitividad del sector
👎
Su implementación requiere difusión adecuada para asegurar el conocimiento de los obligados
Podría requerir regulación secundaria para su correcta aplicación

Análisis generado por IA con fines informativos

🔍

Esta publicación se enmarca en Ley de Infraestructura de la Calidad, que es el ordenamiento principal que regula la materia.

PROGRAMA Nacional de Infraestructura de la Calidad 2026

PROGRAMA Nacional de Infraestructura de la Calidad 2026.

Lilian Aurora Pérez Ornelas, Directora General de Normas y Secretaria Ejecutiva de la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad, con fundamento en los artículos 1, fracción I; 2, fracciones V y VIII; 3, fracción VI; 5; 10, 15, fracción I, 16, 17 y 18, fracciones II y XVIII, 24, 29 y transitorio Tercero de la Ley de Infraestructura de la Calidad; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 34, fracción XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 55, 56 y 57 del Reglamento de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, y 2, Apartado A, fracción II, numeral 19, 12, fracciones IV y XXIX y 36, fracciones I, VIII y XII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía.
CONSIDERANDO
Que corresponde a la Secretaría de Economía, a través de la persona titular de la Dirección General de Normas, en su carácter de Secretariado Ejecutivo de la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad, integrar el Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad (Programa) y su Suplemento con los temas y proyectos de Normas Oficiales Mexicanas, Estándares, Patrones Nacionales de Medida y Materiales de Referencia que se pretendan elaborar anualmente;
Que el Programa, conforme al artículo 29 de la Ley de Infraestructura de la Calidad (LIC), es un instrumento de planeación, conducción, coordinación e información de las actividades de normalización, estandarización y metrología a nivel nacional;
Que el artículo 29, párrafo segundo, de la LIC dispone que el Programa debe quedar integrado por el Secretariado Ejecutivo a más tardar el 15 de noviembre de cada año, con base en las propuestas que remitan las Autoridades Normalizadoras a más tardar el 31 de octubre del mismo año, para ser sometido al pleno de la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad (CNIC) para su revisión, análisis y aprobación a más tardar el 15 de diciembre siguiente. Una vez aprobado debe publicarse en el Diario Oficial de la Federación, durante el primer bimestre del año inmediato siguiente al de su aprobación;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, en su Eje General 3 "Economía Moral y Trabajo", dispone el fortalecimiento del mercado interno, la promoción de la competitividad con justicia social y el impulso de un desarrollo económico incluyente y sostenible, reconociendo a la Infraestructura de la Calidad como herramienta estratégica para generar confianza en los mercados, proteger a las personas consumidoras y mejorar las condiciones de producción y empleo, objetivos a los que contribuye la publicación del Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad como mecanismo de orden, previsibilidad y coordinación institucional;
Que el Programa Sectorial de Economía 2025-2030, en su Objetivo 4 "Impulsar la innovación y la competencia en el mercado interno", particularmente en la Estrategia 4.4 "Fortalecer el funcionamiento del Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad" y su línea de acción 4.4.1 "Impulsar la creación de Normas Oficiales Mexicanas y Estándares", prevé consolidar un marco técnico que incremente la certeza de productores y consumidores sobre el funcionamiento de los mercados, fomente la innovación y eleve la competitividad y productividad nacional, por lo que la emisión y publicación del Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad constituye el instrumento idóneo para materializar dichos objetivos.
Que, en términos de los artículos 16 y 18, fracción II, de la LIC, la CNIC es el órgano colegiado encargado de revisar, analizar y aprobar anualmente el Programa y su Suplemento, vigilar su cumplimiento, asimismo, es la instancia responsable de dirigir y coordinar las actividades en materia de normalización, estandarización, evaluación de la conformidad y metrología, y
Que mediante acuerdo número CNIC 06/3SO-2025, emitido y aprobado por el Pleno de la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad, en su Tercera Sesión Ordinaria 2025, celebrada el 8 de diciembre de 2025, se aprobó por unanimidad el Programa Nacional de Infraestructura la Calidad 2026, por lo que se tiene a bien expedir el siguiente:
Fuente: Diario Oficial de la Federación. Para efectos legales, consulte el texto original.

· · ·


·

Sin título

��ࡱ�>�� BD����?@A�����������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������…

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES CONVENIO Leer →