PROGRAMA Nacional de Infraestructura de la Calidad 2026
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El Diario Oficial de la Federación publicó "PROGRAMA Nacional de Infraestructura de la Calidad 2026". Esta publicación establece disposiciones oficiales que entran en vigor conforme a los plazos señalados en el documento.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
⚠️
Afecta a
Dependencias de gobierno, sector privado y ciudadanía en general
✅
Beneficia a
Comunidades beneficiarias y empresas constructoras
👍Pros
●Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
●Puede fomentar la competitividad del sector
👎Contras
●Su implementación requiere difusión adecuada para asegurar el conocimiento de los obligados
●Podría requerir regulación secundaria para su correcta aplicación
Análisis generado por IA con fines informativos
🔍Investigación y contexto
Esta publicación se enmarca en Ley de Infraestructura de la Calidad, que es el ordenamiento principal que regula la materia.
Texto oficial completo
PROGRAMA Nacional de Infraestructura de la Calidad 2026
PROGRAMANacional de Infraestructura de la Calidad 2026.
Lilian Aurora Pérez Ornelas, Directora General de Normas y Secretaria Ejecutiva de la Comisión Nacional deInfraestructura de la Calidad, con fundamento en los artículos 1, fracción I; 2, fracciones V y VIII; 3,fracción VI; 5; 10, 15,fracción I, 16, 17 y 18, fracciones II y XVIII, 24, 29 y transitorio Tercero de la Ley de Infraestructura de la Calidad; 4 de la LeyFederal de Procedimiento Administrativo; 34, fracción XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 55, 56y 57 del Reglamento de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, y 2, Apartado A, fracción II, numeral 19, 12,fracciones IV y XXIX y 36, fracciones I, VIII y XII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía.
CONSIDERANDO
Que corresponde a la Secretaría de Economía, a través de la persona titular de la Dirección General de Normas, en sucarácter de Secretariado Ejecutivo de la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad, integrar el Programa Nacionalde Infraestructura de la Calidad (Programa) y su Suplemento con los temas y proyectos de Normas Oficiales Mexicanas,Estándares, Patrones Nacionales de Medida y Materiales de Referencia que se pretendan elaborar anualmente;
Que el Programa, conforme al artículo 29 de la Ley de Infraestructura de la Calidad (LIC), es un instrumento deplaneación, conducción, coordinación e información de las actividades de normalización, estandarización y metrología anivel nacional;
Que el artículo 29, párrafo segundo, de la LIC dispone que el Programa debe quedar integrado por el SecretariadoEjecutivo a más tardar el 15 de noviembre de cada año, con base en las propuestas que remitan las AutoridadesNormalizadoras a más tardar el 31 de octubre del mismo año, para ser sometido al pleno de la Comisión Nacional deInfraestructura de la Calidad (CNIC) para su revisión, análisis y aprobación a más tardar el 15 de diciembre siguiente. Unavez aprobado debe publicarse en el Diario Oficial de la Federación, durante el primer bimestre del año inmediato siguiente alde su aprobación;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, en su Eje General 3 "Economía Moral y Trabajo", dispone elfortalecimiento del mercado interno, la promoción de la competitividad con justicia social y el impulso de un desarrolloeconómico incluyente y sostenible, reconociendo a la Infraestructura de la Calidad como herramienta estratégica paragenerar confianza en los mercados, proteger a las personas consumidorasy mejorar las condiciones de producción yempleo, objetivos a los que contribuye la publicacióndel Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad comomecanismo de orden, previsibilidad y coordinación institucional;
Que el Programa Sectorial de Economía 2025-2030, en su Objetivo 4 "Impulsar la innovación y la competencia en elmercado interno", particularmente en la Estrategia 4.4 "Fortalecer el funcionamiento del Sistema Nacional de Infraestructurade la Calidad" y su línea de acción 4.4.1 "Impulsar la creación de Normas Oficiales Mexicanas y Estándares", prevéconsolidar un marco técnico que incremente la certeza de productores y consumidores sobre el funcionamiento de losmercados, fomente la innovación y eleve la competitividad y productividad nacional, por lo que la emisión y publicación delPrograma Nacional de Infraestructura de la Calidad constituye el instrumento idóneo para materializar dichos objetivos.
Que, en términos de los artículos 16 y 18, fracción II, de la LIC, la CNIC es el órgano colegiado encargado de revisar,analizar y aprobar anualmente el Programa y su Suplemento, vigilar su cumplimiento, asimismo, es la instancia responsablede dirigir y coordinar las actividades en materia de normalización, estandarización, evaluación de la conformidad ymetrología, y
Que mediante acuerdo número CNIC 06/3SO-2025, emitido y aprobado por el Pleno de la Comisión Nacional deInfraestructura de la Calidad, en su Tercera Sesión Ordinaria 2025, celebrada el 8 de diciembre de 2025, se aprobó porunanimidad el Programa Nacional de Infraestructura la Calidad 2026, por lo que se tiene a bien expedir el siguiente:
SEGUNDO Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federale…
OFICIO mediante el cual se modifican los términos de la autorización para la organización y operación de Banco Regional, S .Fechas {…
CONVENIO de Coordinación que tiene por objeto establecer las bases para la instrumentación en la formulación, aprobación, expedici&o…