RESOLUCIÓN Preliminar de la investigación antidumping sobre las importaciones de vajillas y piezas sueltas de vajillas de cerámica, incluidas las de porcelana, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia, que se emite en cumplimiento a las sentencias del 27 de octubre de 2015; 30 de noviembre de 2017 y su aclaración del 29 de mayo de 2018; y 22 de noviembre de 2022, que emitió la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en los juicios contenciosos administrativos 13462/14-17-10-8/818/15-S1-03-01, 26032/14-17-14-4/AC1/2663/17-S1-04-01 y su acumulado 26031/14-17-07-7, y 989/17-EC1-01-7/1295/22-S1-04-01, así como a la sentencia del 8 de junio de 2017, en la instancia de queja 13462/14-17-10-8/818/15-S1-03-01-QC, dictada por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
RESOLUCIÓN PRELIMINAR DE LA INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE VAJILLAS Y PIEZAS SUELTAS DE VAJILLAS DE CERÁMICA, INCLUIDAS LAS DE PORCELANA, ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA, QUE SE EMITE EN CUMPLIMIENTO A LAS SENTENCIAS DEL 27 DE OCTUBRE DE 2015; 30 DE NOVIEMBRE DE 2017 Y SU ACLARACIÓN DEL 29 DE MAYO DE 2018; Y 22 DE NOVIEMBRE DE 2022, QUE EMITIÓ LA PRIMERA SECCIÓN DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, EN LOS JUICIOS CONTENCIOSOS ADMINISTRATIVOS 13462/14-17-10-8/818/15-S1-03-01, 26032/14-17-14-4/AC1/2663/17-S1-04-01 Y SU ACUMULADO 26031/14-17-07-7, Y 989/17-EC1-01-7/1295/22-S1-04-01, ASÍ COMO A LA SENTENCIA DEL 8 DE JUNIO DE 2017, EN LA INSTANCIA DE QUEJA 13462/14-17-10-8/818/15-S1-03-01-QC, DICTADA POR LA PRIMERA SECCIÓN DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
Visto para resolver en la etapa preliminar el expediente administrativo 06/12 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, en adelante Secretaría, se emite la presente Resolución en cumplimiento a las sentencias del 27 de octubre de 2015; 30 de noviembre de 2017 y su aclaración del 29 de mayo de 2018; y 22 de noviembre de 2022, emitidas por la Primera Sección de la Sala Superior, en adelante Sala Superior, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en adelante TFJA, en los juicios contenciosos administrativos 13462/14-17-10-8/818/15-S1-03-01, 26032/14-17-14-4/AC1/2663/17-S1-04-01 y su acumulado 26031/14-17-07-7, y 989/17-EC1-01-7/1295/22-S1-04-01, promovidos por Comercializadora México Americana, S. de R.L. de C.V., en adelante CMA; Distribuidora Liverpool, S.A. de C.V., en adelante Liverpool; Sears Operadora México, S.A. de C.V., en adelante Sears, y Asa Import, S.A. de C.V., en adelante Asa Import, respectivamente, así como a la sentencia del 8 de junio de 2017 en la instancia de queja 13462/14-17-10-8/818/15-S1-03-01-QC, dictada por la Sala Superior del TFJA, interpuesta por CMA, de conformidad con los siguientes
RESULTANDOS
A. Solicitud
1. El 6 de junio de 2012, Cinsa, S.A. de C.V., en adelante la Solicitante o Cinsa, solicitó el inicio del procedimiento administrativo de investigación por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, sobre las importaciones de vajillas y piezas sueltas de vajillas de cerámica, incluidas las de porcelana, en adelante vajillas, originarias de la República Popular China, en adelante China, independientemente del país de procedencia.
B. Resolución de inicio de la investigación antidumping
2. El 30 de agosto de 2012, la Secretaría publicó en el DOF, la "Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de vajillas y piezas sueltas de vajillas de cerámica, incluidas las de porcelana, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía ingresa por las fracciones arancelarias 6911.10.01 y 6912.00.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación", en adelante Resolución de Inicio.
C. Resolución preliminar de la investigación