jueves, 12 de marzo de 2026

DOF Noticias

Diario Oficial de la Federación

MANUAL de Remuneraciones de las Senadoras, Senadores, servidoras y servidores públicos de mando y homólogos, y la información relativa al Capítulo de Servicios Personales

4 lecturas

generado por IA

Se publicó en el DOF: "MANUAL de Remuneraciones de las Senadoras, Senadores, servidoras y servidores públicos de mando y homólogos, y la información relativa al Capítulo de Servicios Personales". Regular la aplicación de la política salarial del Senado de la República, conforme al Sistema de Remuneraciones para las Senadoras, Senadores, servidoras y servidores públic...

Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
⚠️

Dependencias de gobierno, sector privado y ciudadanía en general

Sociedad en general al contar con un marco normativo actualizado

👍
Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
Su publicación en el DOF garantiza difusión oficial y aplicabilidad uniforme
👎
Podría generar carga regulatoria adicional para el sector afectado
El impacto real dependerá de la efectividad en su implementación y vigilancia

Análisis generado por IA con fines informativos

🔍

Esta publicación se enmarca en Ley General de Contabilidad Gubernamental, que es el ordenamiento principal que regula la materia.

MANUAL de Remuneraciones de las Senadoras, Senadores, servidoras y servidores públicos de mando y homólogos, y la información relativa al Capítulo de Servicios Personales

MANUAL de Remuneraciones de las Senadoras, Senadores, servidoras y servidores públicos de mando y homólogos, y la información relativa al Capítulo de Servicios Personales.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Senado de la República.- LXVI Legislatura.

MANUAL DE REMUNERACIONES DE LAS SENADORAS, SENADORES, SERVIDORAS Y SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO Y HOMÓLOGOS, Y LA INFORMACIÓN RELATIVA AL CAPÍTULO DE SERVICIOS PERSONALES
Con fundamento en lo establecido en los artículos 70, 75, 77, fracción I, y 127, fracciones I, II, III, IV y V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 66, numeral 1, inciso i), 108 y 110, numeral 1, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 1, párrafo segundo, 17 y 62 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; artículos 1, párrafo tercero, 4, 5, 6, 9, 14 y 24 de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos; artículos 1 y 2 de la Ley Federal de Austeridad Republicana; artículos 2, fracción XIII, 3, párrafo segundo, 4, fracción I, párrafos segundo, tercero y quinto, 5, fracción I, 6, párrafo segundo, 20, 64, 65 y 66 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; artículos 14 y 21 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026; artículo 21, incisos f), h) y n) del Estatuto de los Servicios Parlamentarios, Administrativos y Técnicos del Senado de la República; el Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se establecen criterios y medidas en materia presupuestal en el Senado de la República; así como por Acuerdos de la Mesa Directiva y de la Comisión de Administración, la Secretaría General de Servicios Administrativos publica el siguiente:
MANUAL DE REMUNERACIONES DE LAS SENADORAS, SENADORES, SERVIDORAS Y SERVIDORES PÚBLICOS DE
MANDO Y HOMÓLOGOS, Y LA INFORMACIÓN RELATIVA AL CAPÍTULO DE SERVICIOS PERSONALES
1.     Objetivo.
       Regular la aplicación de la política salarial del Senado de la República, conforme al Sistema de Remuneraciones para las Senadoras, Senadores, servidoras y servidores públicos de mando y homólogos.
2.     Ámbito de Aplicación.
       Órganos de Gobierno, Grupos Parlamentarios, Comisiones Ordinarias, Especiales y Bicamerales, las Secretarías Generales de Servicios Administrativos y Parlamentarios con sus respectivas Unidades; así como las Unidades de Apoyo Técnico, en términos de lo señalado en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Reglamento del Senado de la República y en el Estatuto de los Servicios Parlamentarios, Administrativos y Técnicos del Senado de la República.
3.     Disposiciones generales.
       La remuneración que perciben las y los servidores públicos del Senado de la República se rige bajo los siguientes principios: ser adecuada e irrenunciable por el desempeño de las funciones, empleos, cargos o comisiones; proporcional a sus responsabilidades; con igualdad laboral y no discriminación; así como determinada para cada ejercicio fiscal.
       Los ajustes y movimientos a las estructuras orgánicas, ocupacionales y salariales; así como a las plantillas de personal que contribuyan al adecuado funcionamiento administrativo, se podrán realizar conforme a las disposiciones establecidas en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, ambos en materia de servicios personales; así como en lo previsto en el artículo 21, incisos f), h) y n) del Estatuto de los Servicios Parlamentarios, Administrativos y Técnicos del Senado de la República.
4.     Sujetos.
I.