jueves, 12 de marzo de 2026

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RESOLUCIÓN final del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de ollas de presión de aluminio originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia

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Se publicó en el DOF: "RESOLUCIÓN final del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de ollas de presión de aluminio originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia". Resolución final de la investigación antidumping 1.

Vigencia: de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de ollas de presió
Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
⚠️

Importadores, exportadores y agentes aduanales

Sociedad en general al contar con un marco normativo actualizado

👍
Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
Su publicación en el DOF garantiza difusión oficial y aplicabilidad uniforme
👎
Su implementación requiere difusión adecuada para asegurar el conocimiento de los obligados
Podría requerir regulación secundaria para su correcta aplicación

Análisis generado por IA con fines informativos

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Esta publicación se enmarca en Ley de los Impuestos Generales de Importaci, que es el ordenamiento principal que regula la materia.

RESOLUCIÓN final del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de ollas de presión de aluminio originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia

RESOLUCIÓN final del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de ollas de presión de aluminio originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

RESOLUCIÓN FINAL DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EXAMEN DE VIGENCIA DE LA CUOTA COMPENSATORIA IMPUESTA A LAS IMPORTACIONES DE OLLAS DE PRESIÓN DE ALUMINIO ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA
Visto para resolver en la etapa final el expediente administrativo EC 33-24 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, en adelante Secretaría, se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes
RESULTANDOS
A. Resolución final de la investigación antidumping
1. El 26 de diciembre de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, en adelante DOF, la "Resolución Final de la investigación antidumping sobre las importaciones de ollas de presión de aluminio originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia", mediante la cual la Secretaría determinó una cuota compensatoria definitiva de 92.64% a las importaciones de ollas de presión de aluminio originarias de la República Popular China, en adelante China, independientemente del país de procedencia, que ingresan por la fracción arancelaria 7615.10.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en adelante TIGIE, o por cualquier otra.
B. Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias
2. El 14 de septiembre de 2023, se publicó en el DOF el "Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias", mediante el cual se comunicó a los productores nacionales y a cualquier persona que tuviera interés jurídico, que las cuotas compensatorias definitivas impuestas a los productos listados en dicho Aviso se eliminarían a partir de la fecha de vencimiento que se señaló en el mismo para cada uno de esos productos, salvo que un productor nacional manifestara por escrito su interés en que se iniciara un procedimiento de examen de vigencia. El listado incluyó a las ollas de presión de aluminio objeto del presente procedimiento, respecto del cual se señaló como último día de vigencia el 27 de diciembre de 2024, y como fecha límite para recibir la manifestación de interés correspondiente, el 13 de noviembre de 2024.
C. Manifestación de interés
3. El 13 de noviembre de 2024, Vasconia Brands, S.A. de C.V., en adelante Vasconia, manifestó su interés en que la Secretaría iniciara el examen de vigencia de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de ollas de presión de aluminio originarias de China.
D. Resolución de inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria
4. El 24 de diciembre de 2024, se publicó en el DOF la "Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de ollas de presión de aluminio originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia", en adelante Resolución de Inicio. La Secretaría fijó como periodo de examen el comprendido del 1 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2024, y como periodo de análisis el comprendido del 1 de octubre de 2019 al 30 de septiembre de 2024.