LINEAMIENTOS aplicables a la distribución, informe de resultados y transparencia del Fondo para la Armonización Contable en las entidades federativas y municipios del ejercicio fiscal 2026
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Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
⚠️
Afecta a
Contribuyentes, contadores y asesores fiscales
✅
Beneficia a
Ciudadanía en general al fortalecer la rendición de cuentas
👍Pros
●Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
●Fortalece la transparencia y la rendición de cuentas
👎Contras
●Su implementación requiere difusión adecuada para asegurar el conocimiento de los obligados
●Podría requerir regulación secundaria para su correcta aplicación
Análisis generado por IA con fines informativos
🔍Investigación y contexto
Esta publicación se enmarca en Ley General de Contabilidad Gubernamental establece los criterios generales que rigen la contab, que es el ordenamiento principal que regula la materia.
Texto oficial completo
LINEAMIENTOS aplicables a la distribución, informe de resultados y transparencia del Fondo para la Armonización Contable en las entidades federativas y municipios del ejercicio fiscal 2026
LINEAMIENTOSaplicables a la distribución, informe de resultados y transparencia del Fondo para laArmonización Contable en las entidades federativas y municipios del ejercicio fiscal 2026.
Al margen un logotipo, que dice: Consejo Nacional de Armonización Contable.
LINEAMIENTOS APLICABLES A LA DISTRIBUCIÓN, INFORME DE RESULTADOS Y TRANSPARENCIADEL FONDO PARA LA ARMONIZACIÓN CONTABLE EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOSDEL EJERCICIO FISCAL 2026
CONSIDERANDO
Que la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudadde México deberán administrar los recursos económicos de que dispongan, con eficiencia, eficacia, economía,transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados, de acuerdo con loestipulado en el artículo 134, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Que la Ley General de Contabilidad Gubernamental establece los criterios generales que rigen lacontabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, así como laarmonización contable aplicable a todos ellos, con la finalidad de que la información emanada de lacontabilidad gubernamental de los entes públicos sea una herramienta útil para medir y mejorar la eficacia,economía y eficiencia del gasto y del ingreso públicos;
Que, de conformidad con el artículo 61, fracción II, penúltimo párrafo, de la Ley General de ContabilidadGubernamental, en el proceso de integración de la información financiera para la elaboración de suspresupuestos, los entes públicos deberán incorporar los resultados que deriven de los procesos deimplantación y operación del presupuesto basado en resultados y del sistema de evaluación del desempeño,establecidos en términos del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Que, de conformidad con el artículo 6 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el ConsejoNacional de Armonización Contable (CONAC) es el órgano de coordinación para la armonización de lacontabilidad gubernamental y tiene por objeto la emisión de las normas contables y lineamientos para lageneración de información financiera que aplicarán los entes públicos, incluidas las entidades federativas ymunicipios;
Que, de conformidad con el artículo 39 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejerciciofiscal 2026, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la participación que corresponda al ConsejoNacional de Armonización Contable, dentro del primer trimestre del año, establecerá y publicará en el DiarioOficial de la Federación los términos y condiciones para la distribución del fondo previsto en el Anexo 20"Provisiones salariales y económicas" del decreto de dicho presupuesto de egresos, para el otorgamiento desubsidios a las entidades federativas y a los municipios, para el equipamiento de las áreas responsables de lacontabilidad gubernamental, así como para la modernización de tecnologías de la información ycomunicaciones, que promuevan y faciliten el cumplimiento de la armonización contable de los tres órdenesde gobierno, conforme a lo dispuesto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental;
Que, para los efectos anteriores, el Secretario Técnico del CONAC, en cumplimiento de sus facultadespara asesorar y capacitar a los entes públicos en lo relacionado con la instrumentación e interpretación de lasnormas contables emitidas por dicho consejo, presentó a éste, en su primera sesión de 2026, celebrada el 25de febrero de 2026, los Lineamientos para la distribución del fondo para promover y facilitar el cumplimientode la armonización contable en las entidades federativas y municipios para el ejercicio fiscal 2026, los cualesfueron aprobados en la misma sesión;
Por lo anteriormente expuesto, se emiten los siguientes:
LINEAMIENTOS APLICABLES A LA DISTRIBUCIÓN, INFORME DE RESULTADOS Y TRANSPARENCIA DEL FONDO PARA LA ARMONIZACIÓN CONTABLE EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS DEL EJERCICIO FISCAL 2026
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