jueves, 12 de marzo de 2026

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LINEAMIENTOS para la implementación y uso de la Firma Electrónica Avanzada en Aeropuertos y Servicios Auxiliares

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Se publicó en el DOF: "LINEAMIENTOS para la implementación y uso de la Firma Electrónica Avanzada en Aeropuertos y Servicios Auxiliares". LINEAMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA EN AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES Enero 2026 Índice 1.

Vigencia: 7. Disposiciones Generales Lineamientos Generales Lineamientos específico
Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
⚠️

Partidos políticos, ciudadanos y autoridades electorales

Sectores regulados que obtengan certeza jurídica con estas disposiciones

👍
Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
Su publicación en el DOF garantiza difusión oficial y aplicabilidad uniforme
👎
Impone nuevas obligaciones que pueden representar costos de cumplimiento
El impacto real dependerá de la efectividad en su implementación y vigilancia

Análisis generado por IA con fines informativos

🔍

Esta publicación se enmarca en Ley de Firma Electr, que es el ordenamiento principal que regula la materia. Se trata de una modificación al marco normativo vigente, lo que indica una actualización regulatoria que responde a cambios en el contexto social, económico o institucional del país.

LINEAMIENTOS para la implementación y uso de la Firma Electrónica Avanzada en Aeropuertos y Servicios Auxiliares

LINEAMIENTOS para la implementación y uso de la Firma Electrónica Avanzada en Aeropuertos y Servicios Auxiliares.

Al margen un logotipo, que dice: Aeropuertos y Servicios Auxiliares.- Subdirección de Informática.- Gerencia de Sistemas Informáticos.

LINEAMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA EN AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES
Enero 2026
Índice
1.     Introducción
2.     Objetivo
3.     Fundamento Legal
4.     Definiciones
5.     Ámbito de Aplicación
6.     Vigencia
7.     Disposiciones Generales
       Lineamientos Generales
       Lineamientos específicos
8.     Artículos transitorios
9.     Emisor(es), fecha y firma
10.   Anexos
11.   Hoja de control de cambios
1. Introducción
Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA), en la ejecución de sus actividades diarias, genera diversa documentación tanto física como digital predominando la primera, por lo que se origina un excesivo control de archivo, gasto en papel y mayor tiempo de trabajo en comparación al requerido para la documentación digital, lo cual a su vez, crea reasignación de recursos económicos por encima de las necesidades prioritarias del Organismo, sin mejorar los tiempos de las actividades laborales ni prestar una atención eficiente, en cuanto a los trámites internos como en aquellos que son fuera de ASA.
Con el fin de continuar dando cumplimiento normativo, a lo establecido en los Lineamientos para la implementación del modelo nacional para eliminar trámites burocráticos, ASA ha estado en un continuo proceso de digitalización, tanto de sus procesos como de sus procedimientos, por lo que realizar la firma de documentación que se genera dentro del Organismo, a través del uso de Firma Electrónica Avanzada es una más de las acciones de digitalización de ASA.
Lo anterior, considerando que el uso de la firma electrónica, actualmente se encuentra normado por la Ley de Firma Electrónica Avanzada expedida por el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de enero de 2012, en la cual se conceptualiza a la Firma Electrónica Avanzada como el conjunto de datos y caracteres que permite la identificación del firmante, que ha sido creada por medios electrónicos bajo su exclusivo control, de manera que está vinculada únicamente al mismo y a los datos a los que se refiere, lo que permite que sea detectable cualquier modificación ulterior de éstos, la cual produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa. Asimismo, en el artículo 7 de la misma Ley, se prevé que los documentos electrónicos y los mensajes de datos que cuenten con F
Fuente: Diario Oficial de la Federación. Para efectos legales, consulte el texto original.

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