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miércoles, 8 de julio de 2026

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Diario Oficial de la Federación

ACUERDO por el que se suspenden las labores y no corren plazos ni términos en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

ORGANISMOS DESCONCENTRADOS O DESCENTRALIZADOS INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL 6 min de lectura 4 lecturas

Acuerdo por el que se suspenden las labores y no corren plazos ni términos en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

ACUERDO por el que se suspenden las labores y no corren plazos ni términos en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Economía.- Secretaría de Economía.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

VIDAL LLERENAS MORALES, Director General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con fundamento en los artículos 17, 22, fracción I y 59 fracciones I, V, VI y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales ; 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo ; 1, 5, 6, 8, 10 y 21 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial ; 3o. y 4o. del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial ; 1o., 3o. fracción II, 4o. y 6o. BIS del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial , y 1o., 4o., 5o. fracción II y 10 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial , y
Que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, autoridad administrativa en materia de propiedad industrial, realiza trámites sujetos a plazos y ofrece servicios al público en general;
Que de conformidad con el artículo 21 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial , en los plazos fijados por la misma en días se computarán únicamente los hábiles;
Que el 26 de junio de 2026 la Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, Claudia Sheinbaum Pardo, publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se establecen diversas medidas administrativas en el marco de los eventos relativos a la Copa Mundial de la FIFA 2026, a celebrarse en la Ciudad de México ;
Que en dicho Decreto se establecen las medidas administrativas que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán implementar para contribuir a la movilidad urbana, la seguridad vial, la continuidad de las actividades administrativas y la eficiencia en la prestación del servicio público en la Ciudad de

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