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sábado, 11 de julio de 2026

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RESOLUCIÓN que reforma, adiciona y deroga diversas de las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito.

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO 6 min de lectura 4 lecturas

Resolución que reforma, adiciona y deroga diversas de las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito.

RESOLUCIÓN que reforma, adiciona y deroga diversas de las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretario.

RESOLUCIÓN QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DE LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 115 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO
ÉDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, Secretario de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31, fracciones VII y XXXIV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 115 y 115 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 6º, fracción XXXIV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y contando con la previa opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores emitida mediante oficio número VSP/032/2026 de fecha 07 julio de 2026; y
Que, desde el año 2000, México es miembro de pleno derecho del Grupo de Acción Financiera (GAFI), organismo intergubernamental que fija los estándares internacionales en materia de prevención y combate a las operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Que, el 22 de marzo de 2019, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicó en el Diario Oficial de la Federación, diversas modificaciones a las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, con el objeto de atender las recomendaciones del GAFI y de reconocer, entre otros, la posibilidad legal de que las instituciones de crédito puedan cumplir con sus obligaciones en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita a través del uso de nuevas tecnologías, otorgando con ello la posibilidad a las instituciones de crédito de llevar a cabo la identificación del Cliente a través de una videoconferencia en tiempo real y

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